SIN INFORMACION

YANEZ BARRETO/POLICÍA DE INVESTIGACIONES DE CHILE

Rol

Fecha

26 de agosto de 2021

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

VISTOS: A folio 1, comparece Meryine Gloria José Yánez Barreto, de nacionalidad venezolana, Pasaporte N° 17.633.090, e interpone recurso de amparo en contra de la Policía de Investigaciones de Chile, fundada en que la constante inflación que se vive en Venezuela hace imposible el sostenimiento de una economía, existiendo dificultad para suplir las necesidades básicas de un hogar, escasez de alimentos, medicamentos, gas, transporte público, constantes apagones y daños de electrodomésticos, situación que se ha venido intensificando al pasar de los años, afectando de una misma manera a todos los venezolanos, que han tomado la decisión de emigrar. Alude en escrito que acompaña que su hermana doña Merlyn Ariana Yánez Barreto, y su sobrino Fabián Alejandro Velásquez, de seis años de edad, viven en Chile. A folio 4, informa la Delegación Presidencial Regional de Valparaíso. Señala que mediante Resolución Exenta N° 5476 de fecha 11 de noviembre de 2020, se procede a la expulsión del territorio nacional de la ciudadana de nacionalidad venezolana MERYINE GLORIA JOSÉ YANEZ BARRETO por los

Fundamentos

motivos que allí se exponen. Dicha expulsión se funda en el informe policial N°499 de fecha 12 de febrero de 2021, de la Policía de Investigaciones de Chile, Departamento de Extranjería Policía Internacional de la Prefectura de Quilpué, que en su parte sustantiva, indica que la persona antes individualizada, ingresó al país en forma clandestina evadiendo todo tipo de control migratorio, ya que no sabía si lo dejarían ingresar a Chile. Señala que esa Delegación Presidencial Regional de Valparaíso, realizó la denuncia a Fiscalía Local de Valparaíso por infracción a la ley de Extranjería y su Reglamento. Posteriormente, esa Delegación Presidencial se desistió de la denuncia, cumpliendo así, con el procedimiento establecido en los artículos 78 y 158 de la Ley de Extranjería y su Reglamento. Agrega que en la especie, al momento de la expulsión de la ciudadana de nacionalidad venezolana, Meriyane Gloria José Yánez Barreto, se conformaba la causal descrita en el artículo 15 del Decreto Ley 1.094, por lo que la expulsión se ajusta a derecho. Indica que la Resolución de expulsión, fue dictada por la autoridad competente y dentro de la esfera de sus atribuciones, a saber, por el Intendente Regional de Valparaíso, a quien le ha sido conferida legalmente dicha facultad. Pide, se tenga por evacuado el informe solicitado, y en definitiva, se rechace el recurso. A folio 7, informa Policía de Investigaciones de Chile, señalando que la ciudadana de nacionalidad venezolana Meriyane Gloria José Yáñez Barreto, fue denunciada al Departamento Jurídico de la Delegación Presidencial Regional de Valparaíso (ex Intendencia Regional de Valparaíso), por infracción al artículo Nº 69 del Decreto Ley Nº 1.094, de Extranjería. Mediante la Resolución Exenta Nº 5476 de fecha 11 de noviembre de 2020 de la Delegación Presidencial Regional de Valparaíso, se dispuso la medida de expulsión del territorio nacional de la amparada, la que le fuere notificada. A folio 8, se trajeron los autos en relación. CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO: Primero: Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 69 del Decreto Ley N° 1.094, la expulsión de un extranjero que haya ingresado de manera clandestina a nuestro país requiere, por una parte, la dictación de una sentencia firme y ejecutoriada que establezca la comisión de dicho ilícito y que imponga la pena correspondiente y, por la otra, el cumplimiento de dicha sanción. Segundo: Que, en efecto, el informe de la Delegación Presidencial Regional de Valparaíso, indica que se presentó denuncia en contra de la amparada y que, luego, se desistió dicha Delegación Presidencial de la misma, de manera que no se cumple el supuesto normativo establecido en el aludido artículo 69 del Decreto Ley N° 1.094, para decretar la expulsión de la amparada del territorio nacional. Tercero: Que, no obstante el inciso final del artículo 146 del Reglamento de Extranjería, en relación al artículo 158 del mismo cuerpo normativo, permite también disponer la expul

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se acoge el recurso de amparo interpuesto por Meryine Gloria José Yánez Barreto, y en consecuencia, se deja sin efecto la Resolución Exenta N° 5476 de fecha 11 de noviembre de 2020, emanada de la Intendencia Regional de Valparaíso, que dispuso la expulsión de la amparada del territorio nacional, rectificada mediante Resolución Exenta N° 2349 de 23 de julio de 2021, quedando asimismo sin efecto la medida de firma ante la autoridad correspondiente. Comuníquese por la vía más expedita. Sirva la presente resolución de suficiente y atento oficio remisor. Regístrese, notifíquese, comuníquese y, ejecutoriada, archívese en su oportunidad. N° Amparo-1583-2021.

Texto Completo (Preview)

edp C.A. de Valparaíso Valparaíso, veintiséis de agosto de dos mil veintiuno. VISTOS: A folio 1, comparece Meryine Gloria José Yánez Barreto, de nacionalidad venezolana, Pasaporte N° 17.633.090, e interpone recurso de amparo en contra de la Policía de Investigaciones de Chile, fundada en que la constante inflación que se vive en Venezuela hace imposible el sostenimiento de una economía, existiend

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