PAREDES REYES ORLANDO DINO/GENDARMERIA DE CHILE
Rol
Fecha
25 de agosto de 2021
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado don Álvaro Herrera General, quien interpone recurso protección en favor de don Orlando Dino Paredes Reyes, en contra de Gendarmería de Chile, por no haberlo postulado al beneficio de la libertad condicional, en circunstancias que reuniría todos los requisitos previstos en el Decreto Ley N°321, afectando con ello la garantía constitucional prevista en el artículo 19 N°7 de la Constitución Política de la República. Refiere que el motivo del rechazo cuestionado sería que el amparado no ha cumplido los dos tercios de su condena, sin embargo, asegura que a la fecha de inicio de cumplimiento de su condena el 29 de septiembre de 2011, el Decreto Ley 321 vigente señalaba en la parte final de su artículo 3°: “a los condenados a más de veinte años se les podrá conceder el beneficio de la libertad condicional. Una vez cumplidos con diez años de la pena y por este solo hecho esta quedará fijada en veinte años”. Finaliza solicitando se ordene a la recurrida incluir al amparado en la nómina de postulantes a la libertad condicional del segundo semestre del año en curso. Segundo: Que, atendida la naturaleza del hecho denunciado, se dio al recurso tramitación de amparo. Tercero: Que informando Gendarmería de Chile expone que el amparado no cumple el requisito del tiempo mínimo, el que recién se cumplirá el 5 de octubre de 2025, por lo que tampoco podrá ser postulado al segundo semestre del presente año. De la ficha única del condenado, que se adjunta, se aprecia que el inicio de su condena fue el 11 de julio de 2009 y su término está previsto para el 13 de septiembre de 2029, estableciéndose como tiempo mínimo el 25 de diciembre de 2022. Cuarto: Que el artículo 21 de la Constitución Política de la República, consagra la denominada acción de amparo y dispone, en lo pertinente, que todo individuo que se hallare arrestado, detenido o preso con infracción de lo dispuesto en la Constitución o en las leyes, podrá ocurrir p
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veinticinco de agosto de dos mil veintiuno. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado don Álvaro Herrera General, quien interpone recurso protección en favor de don Orlando Dino Paredes Reyes, en contra de Gendarmería de Chile, por no haberlo postulado al beneficio de la libertad condicional, en circunstancias que reuniría todos los requisitos previs
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