ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES SAN GABRIEL SA/QUIÑONES
Rol
Fecha
30 de agosto de 2021
Materia
RECONOCIMIENTO FIRMA,CITACIÓN Y CONFESIÓN DE DEUDA
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente. 1) Que el recurso de apelación materia del presente ingreso, fue interpuesto con fecha seis de agosto pasado, en contra de la resolución dictada con fecha veintinueve de julio del año en curso, notificada al recurrente con la misma fecha. 2) Que conforme la regla general establecida en el inciso primero del artículo 189 del Código de Procedimiento Civil, el recurso de apelación contra toda resolución que no sea la sentencia definitiva, debe ser interpuesto dentro de quinto día de notificada. Luego, en dichos términos, el plazo legal se encontraba vencido en estos autos a la fecha de interposición del presente recurso. Y conforme lo estatuido en los artículos 188, 189, 201 y 205, todos del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación, interpuesto por la parte demandante con fecha seis de agosto pasado, en contra de la resolución dictada con fecha veintinueve de julio de dos mil veintiuno. Comuníquese. N°Civil-7217-2021.
Fallo
se declara inadmisible el recurso de apelación, interpuesto por la parte demandante con fecha seis de agosto pasado, en contra de la resolución dictada con fecha veintinueve de julio de dos mil veintiuno. Comuníquese. N°Civil-7217-2021.
Texto Completo (Preview)
fjr C.A. de Santiago Santiago, treinta de agosto de dos mil veintiuno. Vistos y teniendo presente. 1) Que el recurso de apelación materia del presente ingreso, fue interpuesto con fecha seis de agosto pasado, en contra de la resolución dictada con fecha veintinueve de julio del año en curso, notificada al recurrente con la misma fecha. 2) Que conforme la regla general establecida en el inciso pri
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