MINISTERIO PUBLICO C/ PATRICIO ANDRES FERNANDEZ CARVALLO
Rol
Fecha
24 de agosto de 2021
Materia
ROBO EN LUGAR HABITADO O DESTINADO A LA HABITACION. ART. 440.
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS: En estos autos RIT 45-2021, del Séptimo Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de esta ciudad, RUC N° 2000623143-9, por sentencia de veintinueve de julio del presente año, se absolvió al acusado Patricio Andrés Fernández Carvallo de los cargos imputados por el Ministerio Público en su contra, como autor del delito de Robo con Fuerza en lugar Habitado, en grado de consumado, previsto y sancionado en el artículo 440 N°1, que se habría perpetrado el día 20 de junio de 2020, en la comuna de La Florida. En contra de dicho fallo, el Fiscal Adjunto de la Fiscalía Local de Las Condes, Fiscalía Regional Metropolitana Oriente, don José Ignacio Reyes Valenzuela, interpuso recurso de nulidad. Concedido el recurso y elevados los autos para el conocimiento de esta Corte, con fecha diecisiete de agosto de este año se procedió a la vista de la causa, escuchándose los alegatos de una abogada del Ministerio Público y de un abogado de la Defensoría Penal Pública, fijándose la audiencia del día de hoy para la lectura de esta sentencia.
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el recurrente funda su impugnación en la causal prevista en la letra e) del artículo 374, en relación con la letra c) del artículo 342 y del artículo 297, todos del Código Procesal Penal. Sostiene, en resumen, que la sentencia contra la cual recurre, no se hace cargo en su fundamentación de toda la prueba producida, infringiendo en forma conjunta el principio de la razón suficiente y las máximas de la experiencia, por lo que se solicita la invalidación del juicio oral y de la respectiva sentencia definitiva, dando aplicación a lo dispuesto en el artículo 386 del Código Procesal Penal La falta de fundamentación que se reprocha, se evidenciaría en que el tribunal habría desechado la imputación delictiva asilándose solamente en la falta de corroboración de los dichos de la víctima con otro elemento probatorio que permitiese tener por establecido la existencia de los elementos principales del delito por el que se acusó al imputado, según así se consigna en el considerando tercero, acápite segundo de la sentencia recurrida. Refiere, respecto de la falta de valoración de la prueba producida, que el tribunal no ha ponderado en forma íntegra las distintas probanzas que sustentan la acusación, lo que quedaría denotado claramente al no hacerse cargo ni pronunciarse respecto del contenido de una de las dos grabaciones de video de cámara de seguridad exhibidos. Agrega que el
Fallo
fallo contraviene además el principio de razón suficiente, “al no explicar adecuadamente el descarte de la versión de cargo” para asumir otras hipótesis explicativas, distintas del robo. como igualmente válidas, lo que no se explica en el fallo, lo que impediría reproducir el razonamiento, a la vez que conjuntamente a lo anterior, la sentencia incurriría también en infracción de una máxima de la experiencia, al valorar la prueba y referirse a los presupuestos que se dan por acreditados (acápites segundo y tercero del considerando tercero), exigiendo la existencia de un elemento de convicción directo de la apropiación materia de la acusación. Por las razones expuestas solicita la anulación del fallo impugnado y del juicio oral en que se pronunció, a fin de hacer posible un nuevo juzgamiento, dando aplicación a lo dispuesto en el artículo 386 del Código Procesal Penal. SEGUNDO: Que el artículo 374 letra e) del Código Procesal Penal establece: “Motivos absolutos de nulidad. El juicio y la sentencia serán siempre anulados: e) Cuando, en la sentencia, se hubiere omitido alguno de los requisitos previstos en el artículo 342 letras c), d) o e)”. Por su parte, el artículo 342 del mismo código, en su letra c) señala: “Contenido de la sentencia. La sentencia definitiva contendrá: c) La exposición clara, lógica y completa de cada uno de los hechos y circunstancias que se dieren por probados, fueren ellos favorables o desfavorables al acusado, y de la valoración de los medios de prueb
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Santiago, veinticuatro de agosto de dos mil veintiuno. VISTOS: En estos autos RIT 45-2021, del Séptimo Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de esta ciudad, RUC N° 2000623143-9, por sentencia de veintinueve de julio del presente año, se absolvió al acusado Patricio Andrés Fernández Carvallo de los cargos imputados por el Ministerio Público en su contra, como autor del delito de Robo con Fuerza en l
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