8º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

SERVICIOS /DANIEL CUEVAS (LTE)

Rol

Fecha

23 de agosto de 2021

Materia

MEDIDA PREJUDICIAL PRECAUTORIA

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Visto y teniendo, además, presente: Que de conformidad con lo dispuesto en el inciso primero del artículo 144 del Código de Procedimiento Civil, la parte que sea vencida totalmente en un juicio o en un incidente, será condenada al pago de las costas. Agrega la norma que podrá con todo el tribunal eximirla de ellas, cuando aparezca que ha tenido

Fundamentos

motivos plausibles para litigar, sobre lo cual hará declaración expresa en la resolución.          Pues bien, en el caso de la especie, la Corte considera que la parte demandada efectivamente litigó con fundamento plausible como señala el precepto, de manera tal que debe eximírsela de la carga de satisfacer las costas de la incidencia.

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, a lo previsto en los artículos 144 y 189 del Código de Procedimiento Civil, se revoca, en lo apelado, la resolución de fecha quince de abril del año en curso, dictada por el 8° Juzgado Civil de Santiago, en los autos Rol C-1981-2020 que condenó en costas a la parte demandada; y en su lugar se le exime de dicha carga. Regístrese y devuélvase. N°Civil-4014-2021.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veintitrés de agosto de dos mil veintiuno. Visto y teniendo, además, presente: Que de conformidad con lo dispuesto en el inciso primero del artículo 144 del Código de Procedimiento Civil, la parte que sea vencida totalmente en un juicio o en un incidente, será condenada al pago de las costas. Agrega la norma que podrá con todo el tribunal eximirla de ellas, cuando apare

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