GREZ/ISAPRE VIDA TRES S.A.
Rol
Fecha
20 de agosto de 2021
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Visto y teniendo presente: Primero: Que comparece doña María Francisca Pellegrini Munita, abogada, a favor de doña María Carolina Grez Campo-Martínez, quien interpone acción de protección de garantías constitucionales en contra de ISAPRE VIDA TRES S.A, institución de salud previsional, por el acto que estima ilegal y arbitrario consistente en aplicar un precio improcedente por la inclusión en el contrato de salud de su futura hija, como carga de la parte recurrente. Expone que la recurrente se encuentra afiliada a Vida Tres S.A. como trabajadora dependiente desde agosto del año 2017. Al solicitar la incorporación de su hija nonata como carga, la Isapre emitió un nuevo Formulario Único de Notificación (FUN) Folio N° 10694523, de fecha 4 de febrero de 2021, por el cual se ha pretendido cobrar un precio por inclusión de dicha carga del todo improcedente, con un factor de riesgo de 1,60, el cual es multiplicado por el precio del plan base de la recurrente que es de UF 4,70 y sumado el valor GES de 0,860 UF, lo que da como resultado un valor de UF 8,71 por su hija nonata. Añade que, ante la amenaza de que su hija quedara sin cobertura de salud, se vio obligada a aceptar el formulario (FUN) presentado por la Isapre, el cual incluye precios impuestos de forma ilegal y arbitraria, pues se ha determinado mediante la aplicación de tablas de factores establecidas en normas derogadas por parte nuestro Tribunal Constitucional, con fecha 6 de agosto de 2010, mediante sentencia dictada en Causa Rol N° 1710-10-INC., publicada en el Diario Oficial con fecha 9 de agosto de 2010, y por la cual se declaró la inconstitucionalidad y, en consecuencia, derogó los numerales 1, 2, 3 y 4 del inciso tercero del artículo 38 ter de la ley N° 18.933 (actual artículo 199 del DFL 1 del año 2006), norma que faculta a las Isapres a aplicar tablas de factores de edad y sexo, a fin de determinar el valor de los contratos. En cuanto a las garantías constitucionales que estima vulneradas, arguye que e
Fallo
fallo citado por la contraria, se impuso la prohibición de crear nuevas tablas de actores, pero no la aplicación de las tablas que ya se encuentran vigentes, como es el caso del recurrente. Visto y teniendo presente: Primero: Que comparece doña María Francisca Pellegrini Munita, abogada, a favor de doña María Carolina Grez Campo-Martínez, quien interpone acción de protección de garantías constitucionales en contra de ISAPRE VIDA TRES S.A, institución de salud previsional, por el acto que estima ilegal y arbitrario consistente en aplicar un precio improcedente por la inclusión en el contrato de salud de su futura hija, como carga de la parte recurrente. Expone que la recurrente se encuentra afiliada a Vida Tres S.A. como trabajadora dependiente desde agosto del año 2017. Al solicitar la incorporación de su hija nonata como carga, la Isapre emitió un nuevo Formulario Único de Notificación (FUN) Folio N° 10694523, de fecha 4 de febrero de 2021, por el cual se ha pretendido cobrar un precio por inclusión de dicha carga del todo improcedente, con un factor de riesgo de 1,60, el cual es multiplicado por el precio del plan base de la recurrente que es de UF 4,70 y sumado el valor GES de 0,860 UF, lo que da como resultado un valor de UF 8,71 por su hija nonata. Añade que, ante la amenaza de que su hija quedara sin cobertura de salud, se vio obligada a aceptar el formulario (FUN) presentado por la Isapre, el cual incluye precios impuestos de forma ilegal y arbitraria, pues se ha de
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C.A. de Santiago Santiago, veinte de agosto de dos mil veintiuno. Visto y teniendo presente: Primero: Que comparece doña María Francisca Pellegrini Munita, abogada, a favor de doña María Carolina Grez Campo-Martínez, quien interpone acción de protección de garantías constitucionales en contra de ISAPRE VIDA TRES S.A, institución de salud previsional, por el acto que estima ilegal y arbitrario con
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