1° JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO

TUQUERES// SECRETARÍA REGIONAL MINISTERIAL DE SALUD DE LA REGIÓN DE LOS RÍOS.

Rol

Fecha

19 de agosto de 2021

Materia

DESPIDO INJUSTIFICADO

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos: Por sentencia de fecha tres de mayo del año dos mil veintiuno, dictada por el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en los autos RIT N° O-7513-2020, se rechazó en todas sus partes la demanda interpuesta por Bolívar Tuqueres Cox y Elías Guerra Concha en contra de la Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región Metropolitana, Subsecretaría de Salud Pública, sin costas. Contra este fallo la parte demandante dedujo recurso de nulidad, por la causal del artículo 478 letra b) del Código del Trabajo, el que fue declarado admisible, procediéndose a su vista, oportunidad en que alegaron los apoderados de las partes. Y

Fundamentos

considerando: Primero: Que la demandante hace valer la causal del artículo 478 letra b) del Código del Trabajo, por haberse dictado la sentencia con infracción de las normas sobre valoración de la prueba conforme a las reglas de la sana crítica. Fundamenta la causal en que la sentencia señala que el despido de los demandantes fue ajustado a derecho, por haber concluido conforme al artículo 159 N° 5 del Código del Trabajo, en circunstancias que el lugar donde trabajaban sigue funcionando y la pandemia Covid-19 ha seguido causando estragos. Así, la sentencia infringió el principio lógico de razón suficiente. Estima que la presente vía de nulidad es la única forma de subsanar el vicio alegado, solicitando que se acoja el recurso, se invalide el

Fallo

fallo la parte demandante dedujo recurso de nulidad, por la causal del artículo 478 letra b) del Código del Trabajo, el que fue declarado admisible, procediéndose a su vista, oportunidad en que alegaron los apoderados de las partes. Y considerando: Primero: Que la demandante hace valer la causal del artículo 478 letra b) del Código del Trabajo, por haberse dictado la sentencia con infracción de las normas sobre valoración de la prueba conforme a las reglas de la sana crítica. Fundamenta la causal en que la sentencia señala que el despido de los demandantes fue ajustado a derecho, por haber concluido conforme al artículo 159 N° 5 del Código del Trabajo, en circunstancias que el lugar donde trabajaban sigue funcionando y la pandemia Covid-19 ha seguido causando estragos. Así, la sentencia infringió el principio lógico de razón suficiente. Estima que la presente vía de nulidad es la única forma de subsanar el vicio alegado, solicitando que se acoja el recurso, se invalide el fallo y se dicte sentencia de reemplazo, declarando que se acoge la demanda, con costas de la causa y del recurso. Segundo: Que, para que prospere la causal alegada por la recurrente, es menester que la infracción de las normas sobre valoración de la prueba, conforme a las reglas de la sana crítica, sea manifiesta, esto es evidente, notoria, capaz de ser advertida a simple vista. Además, la causal exige que en el recurso se indique qué reglas de la sana crítica se encuentran infringidas y cómo se produc

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, diecinueve de agosto de dos mil veintiuno. Al folio 12: a lo principal y primer otrosí, téngase presente. Al segundo otrosí, a sus antecedentes. Al folio 13: a lo principal y primer otrosí, téngase presente. Al segundo otrosí, téngase presente y a sus antecedentes. Vistos: Por sentencia de fecha tres de mayo del año dos mil veintiuno, dictada por el Primer Juzgado de

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