PALMA/PESENTI
Rol
Fecha
18 de agosto de 2021
Materia
PERJUICIOS, INDEMNIZACIÓN DE
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y con lo dispuesto en los artículos 318 y 319 del Código de Procedimiento Civil, se revoca en lo apelado el auto de prueba de tres de marzo de dos mil veinte, y en consecuencia se substituyen los puntos 1, 2 y 4 por los siguientes: 1.-“Efectividad de ser la demandada responsable extracontractualmente del accidente ocurrido el día 25 de enero de 2019, en el cual resulta fallecido don Luis Alberto Palma Tabalí. Hechos y circunstancias que configuran la responsabilidad extracontractual reclamada y la naturaleza de ella”. 2.- “Efectividad que la demandada incurrió en una acción u omisión culpable o negligente. Hechos y circunstancias”. 4.- “En su caso, procedencia, naturaleza y monto de los perjuicios ocasionados”. Regístrese y devuélvase. N°Civil-51-2021. En Copiapó, dieciocho de agosto de dos mil veintiuno, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Copiapó Copiapó, dieciocho de agosto de dos mil veintiuno. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y con lo dispuesto en los artículos 318 y 319 del Código de Procedimiento Civil, se revoca en lo apelado el auto de prueba de tres de marzo de dos mil veinte, y en consecuencia se substituyen los puntos 1, 2 y 4 por los siguientes: 1.-“Efectividad de ser la demandada responsable extra
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