INVERSIONES ADELA GOLDZWEIG ZURICH E.I.R.L. CON YESSENIA DEL CARMEN VALENCIA ESPINOZA
Rol
Fecha
17 de agosto de 2021
Materia
PRECARIO, INC. 2º ART. 2.195 C.C
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, teniendo presente que el impedimiento para comparecer en audiencia de conformidad con el artículo 4° de la Ley N°21.216, puede ser reclamado a través del entorpecimiento en su oportunidad y en la forma allí señalada, de modo que los derechos de la demandada permanecen a salvo, no existiendo infracción alguna al debido proceso. Y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se revoca la resolución apelada de veintiocho de enero del año en curso, dictada en autos Rol C-5497-2020, por el 2° Juzgado Civil de San Miguel que no accedió a la solicitud de la parte demandante y se dispone que la causa deberá proseguir en rebeldía, por cuanto la situación no es de aquellas contempladas en el artículo 25 del acta 41 de la Excma. Corte Suprema. Devuélvase. N° 215-2021 Civil.
Texto Completo (Preview)
San Miguel, diecisiete de agosto de dos mil veintiuno. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, teniendo presente que el impedimiento para comparecer en audiencia de conformidad con el artículo 4° de la Ley N°21.216, puede ser reclamado a través del entorpecimiento en su oportunidad y en la forma allí señalada, de modo que los derechos de la demandada permanecen a salvo, no existiendo infra
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