A.F.P. CAPITAL S.A. CON VIAL Y COMPANIA LIMITADA
Rol
Fecha
18 de agosto de 2021
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en el artículo 8° de la Ley 17.322 y artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma, en lo apelado, la resolución de fecha diecinueve de mayo de dos mil veintiuno, dictada por el Segundo Juzgado de Letras de San Fernando, en causa RIT P-724-2020. Comuníquese y devuélvase. Rol I. Corte 436-2021.Laboral.-
Texto Completo (Preview)
C.A. Rancagua. Rancagua, dieciocho de agosto de dos mil veintiuno. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en el artículo 8° de la Ley 17.322 y artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma, en lo apelado, la resolución de fecha diecinueve de mayo de dos mil veintiuno, dictada por el Segundo Juzgado de Letras de San Fernando, en causa RIT P-724-20
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica