ITALMOD S.A./INSPECCION COMUNAL DEL TRABAJO
Rol
Fecha
13 de agosto de 2021
Materia
RECLAMO MULTAS ADMINISTRATIVAS
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos: Por sentencia de dieciocho de marzo de dos mil veintiuno, dictada por el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en los autos RIT I-154-2020, se rechazó, la reclamación judicial interpuesta por Italmod S.A. contra la Inspección Comunal del Trabajo Santiago Norte, manteniéndose la sanción impuesta mediante resolución Nº 3991/19/55-1-2-3 y 4 cuya reconsideración se rechazó mediante resolución N°78 de 16 de abril de 2020; sin costas. Contra dicha sentencia, la parte reclamante interpuso recurso de nulidad, fundado en la causal única del artículo 477, segunda hipótesis, del Código del Trabajo, por infracción de ley. Declarado admisible el recurso se procedió a su vista, oportunidad en que alegaron los abogados de ambas partes.
Fundamentos
Considerando: Primero: Que, la reclamante deduce como causal de su recurso de nulidad la contemplada en el artículo 477 del Código del Trabajo, esto es, infracción de ley que influyó sustancialmente en lo dispositivo del fallo, denunciando como transgredidos los artículos 503, 511 y 512 del cuerpo legal citado. Argumenta, en síntesis, que su parte solicitó reconsideración administrativa de multa, adjuntando documentos, los cuales no fueron tomados en cuenta, haciendo incurrir a la Dirección del Trabajo en un error de hecho, al tener por no acreditados los cumplimientos a la normativa vigente. Explica que la reclamada negó lugar, casi en su totalidad, a la reconsideración administrativa planteada, dando por incumplidas ciertas obligaciones de su representada, vigentes o no al momento de cursarse la infracción, pero sin tomar en consideración los múltiples documentos acompañados que daban cuenta de sus dichos. Sostiene que su parte al reclamar judicialmente de la resolución de multa que se pronuncia sobre la reconsideración administrativa, hace un análisis de los errores de hecho que se cometieron al resolver cada una de las multas impuestas. Indica que adicionalmente, su representada señaló al reclamar judicialmente, que la reclamada pretendía hacer aplicable normativa que no se encontraba vigente al momento de cursarse las multas, no pudiendo esto constituir un pretexto para considerar ejecutoriadas las multas por no haber recurrido de ellas en forma inmediata, sin intentar antes el recurso administrativo ante el Director del Trabajo. Afirma que su representada, en uso de la facultad que le confiere el artículo 512 del Código del Trabajo, solicitó al tribunal que dejara sin efecto la resolución de multa materia de autos, a lo que el tribunal no se refirió en el fondo, limitándose a señalar que la reclamante debió haber recurrido directamente al tribunal al ser multados la primera vez, de acuerdo al artículo 503 del Código del Trabajo, obviando la reconsideración administrativa de la multa, con lo que su parte no concuerda y considera que se está cometiendo una infracción de ley que ha influido sustancialmente en lo dispositivo de la sentencia. Concluye que al no hacerlo así, la sentencia ha infringido las normas de los artículos 503, 511 y 512 del Código del Trabajo, influyendo lo anterior sustancialmente en lo dispositivo de la sentencia. Segundo: Que, la causal del artículo 477 del Código del Trabajo, esto es infracción de ley, en su segunda hipótesis, requiere, entre otros supuestos, que esa infracción tenga influencia en lo dispositivo del fallo. Esto significa, en una de sus variantes, que la norma denunciada como trasgredida tenga el carácter de decisoria litis, es decir, sea determinante para la solución de la controversia. Tercero: Que, el caso que nos ocupa, la recurrente ha indicado que las disposiciones infringidas son los artículos 503, 511 y 512 del Código del Trabajo, olvidando que la norma aplicable es el artículo 23 D.F.L.
Texto Completo (Preview)
C.A. Santiago. Santiago, trece de agosto de dos mil veintiuno. A los escritos folios 3, 4 y 5: a todo, téngase presente. Vistos: Por sentencia de dieciocho de marzo de dos mil veintiuno, dictada por el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en los autos RIT I-154-2020, se rechazó, la reclamación judicial interpuesta por Italmod S.A. contra la Inspección Comunal del Trabajo Santiago N
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