BIGGS / CENTRO DE MEDIACIÓN Y CONCILIACIÓN INDIVIDUAL DE LA REGIÓN DE VALPARAÍSO
Rol
Fecha
13 de agosto de 2021
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Visto: En folio 1, don Juan Pablo Biggs Weber, abogado, interpone recurso de protección contra el Centro de Mediación y Conciliación Individual de la Región de Valparaíso, a fin de que se reestablezca el imperio del derecho y se ordene dejar sin efecto el procedimiento de conciliación y fiscalización realizado por ese ente estatal, así como la imposición de la multa administrativa derivada de lo anterior, hechos que le han privado de sus garantías fundamentales al debido proceso y su derecho de propiedad, ambos amparados por el Articulo 19 N°3 inciso quinto y N°24 respectivamente, de la Constitución Política de la Republica. Expone que el día 12 de abril del presente año, recibió en su casilla de correo electrónico la notificación del reclamo N°2021-1184 en el que se le informó, en lo que interesa al recurso, la existencia de un reclamo deducido en su contra respecto del cual se llevaría cabo la audiencia de conciliación el día 20 de abril pasado a las 13:00 horas, mediante la aplicación TEAMS. Se le indicaba que debía acompañar la documentación a más tardar el día 16 del mismo mes, la que sería revisada el día de la audiencia, la que adjuntó en tiempo y forma. Señala que no obstante lo anterior, desde el día 12 hasta el día 20 de abril, no recibió en su correo electrónico el link o algún dato para incorporarse a la plataforma. Refiere que luego, el día 20 de abril, a eso de las 14:42 horas, recibió un correo electrónico en el que se le remitió el acta de la audiencia, informándole que si deseaba efectuar alguna observación y/o corrección, disponía del plazo de dos días hábiles, lo que no efectuó pues considera que fue objeto de un procedimiento viciado. Dice que pidió un nuevo día y hora para la realización del comparendo de conciliación, lo que no tuvo respuesta alguna, recibiendo en cambio, el día 23 de abril, un mensaje en que se adjuntaba la Circular N°21 de la Dirección del Trabajo, que regula el procedimiento de conciliación y fiscalización que se le aplicó.
Fundamentos
fundamentos de la presente acción cautelar puesto que, no se dio cumplimiento a los principios que exige el debido proceso y la contradictoriedad establecidos en la ley 19.880, norma obligatoria para la recurrida, afectando con dicha conducta al actor toda vez que se ha afectado la garantía constitucional contemplada en el artículo 19 N°7 de la Constitución Política de la República, lo que lleva a acoger el recurso, de la forma que se dirá en lo resolutivo.
Fallo
Por estas consideraciones, disposiciones citadas, lo establecido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se acoge el recurso de protección deducido en folio 1 por Juan Pablo Biggs Weber, contra el Centro de Mediación y Conciliación Individual de la Región de Valparaíso, y en consecuencia, se anula el Acta de Comparendo de Conciliación y la Resolución de Multa N°3449/21/30, ambas de fecha veinte de abril de dos mil veintiuno, emanadas de la recurrida, disponiendo que se debe llevar a cabo una nueva audiencia de conciliación que cumpla con el principio de bilateralidad de la audiencia y los restantes, que integran el debido proceso, establecidos en la ley 19.880. Comuníquese, regístrese y archívese. N°Protección-23598-2021. En Valparaíso, trece de agosto de dos mil veintiuno, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valparaíso Valparaíso, trece de agosto de dos mil veintiuno. Visto: En folio 1, don Juan Pablo Biggs Weber, abogado, interpone recurso de protección contra el Centro de Mediación y Conciliación Individual de la Región de Valparaíso, a fin de que se reestablezca el imperio del derecho y se ordene dejar sin efecto el procedimiento de conciliación y fiscalización realizado por ese ente estata
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