COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO EL DETALLISTA LTDA/HERNÁNDEZ
Rol
Fecha
11 de agosto de 2021
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Visto: Atendido el mérito de los antecedentes que obran en la presente carpeta digital, apareciendo que ha transcurrido un plazo razonable desde la adjudicación del bien a un tercero lo que pone de cargo del ejecutado tomar los resguardos necesarios para hacer abandono del inmueble respecto del que carece de derechos actuales, teniendo en especial consideración que la circunstancia sanitaria que afecta a nuestro país es de larga data y que el contexto regional actual permite la movilidad, haciendo desaparecer las prevenciones que se tuvieron en consideración al momento de suspender la entrega material del inmueble, sin que concurran actualmente los supuestos del artículo 3º de la Ley Nº 21.226; y de conformidad a lo previsto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma la resolución en alzada de veintitrés de junio del año en curso, dictada por el Primer Juzgado Civil, sin costas de la instancia por haber tenido motivo plausible para recurrir. Devuélvase. Rol Civil 537-2021
Texto Completo (Preview)
Puerto Montt, once de agosto de dos mil veintiuno. Visto: Atendido el mérito de los antecedentes que obran en la presente carpeta digital, apareciendo que ha transcurrido un plazo razonable desde la adjudicación del bien a un tercero lo que pone de cargo del ejecutado tomar los resguardos necesarios para hacer abandono del inmueble respecto del que carece de derechos actuales, teniendo en especial
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