SIN INFORMACION

TANDEM S.A./CUBILLO

Rol

Fecha

20 de agosto de 2021

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos: Primero: Que a fin de resolver la admisibilidad del arbitrio, es preciso dilucidar si concurren los requisitos contemplados en los artículos 545 y siguientes del Código Orgánico de Tribunales y, más concretamente aún, si se impugna alguna resolución que participe de la naturaleza jurídica exigida, esto es, que se trate de una sentencia interlocutoria que ponga fin al juicio o haga imposible su continuación o de sentencia definitiva, que no sean susceptibles de recurso alguno, ordinario o extraordinario. Segundo: Que el recurso se ha dirigido en contra de la resolución dictada por el juzgado de cobranza que reguló en un 30% el incremento de la indemnización ofrecida, con arreglo a lo que dispone el artículo 169 del Código del Trabajo. Tercero: Que, de lo expuesto, se deprende que la resolución impugnada por esta vía no se enmarca dentro de los supuestos y de la enumeración taxativa del artículo 545 del Código Orgánico de Tribunales, puesto que se trata de una sentencia interlocutoria susceptible de apelación, por remisión efectuada por los artículos 432, 473 y 474 del Código del Trabajo, a las normas pertinentes del Código de Procedimiento Civil. Por estas consideraciones, se declara inadmisible el recurso de queja deducido contra la jueza titular del Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago, doña María Eugenia Cubillo Espinoza. Comuníquese la decisión al Juzgado respectivo. En su oportunidad, archívese. Al primer, segundo, tercer y cuarto otrosí, aténgase a lo resuelto. Al quinto otrosí, téngase presente. N°Laboral-Cobranza-2668-2021 Pronunciada por la Primera Sala de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por el Ministro señor Jorge Zepeda Arancibia y conformada por el Ministro señor Omar Astudillo Contreras y el Abogado Integrante señor Octavio Pino Reyes.

Fallo

Por estas consideraciones, se declara inadmisible el recurso de queja deducido contra la jueza titular del Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago, doña María Eugenia Cubillo Espinoza. Comuníquese la decisión al Juzgado respectivo. En su oportunidad, archívese. Al primer, segundo, tercer y cuarto otrosí, aténgase a lo resuelto. Al quinto otrosí, téngase presente. N°Laboral-Cobranza-2668-2021 Pronunciada por la Primera Sala de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por el Ministro señor Jorge Zepeda Arancibia y conformada por el Ministro señor Omar Astudillo Contreras y el Abogado Integrante señor Octavio Pino Reyes.

Texto Completo (Preview)

mplb C.A. de Santiago Santiago, dieciocho de agosto de dos mil veintiuno. Al folio N° 2, aténgase a lo que se resolverá. Al folio N°1: A lo principal: Vistos: Primero: Que a fin de resolver la admisibilidad del arbitrio, es preciso dilucidar si concurren los requisitos contemplados en los artículos 545 y siguientes del Código Orgánico de Tribunales y, más concretamente aún, si se impugna alguna

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