COMUNIDAD CEBOLLAR ASCOTAN/QUIBORAX S.A.
Rol
Fecha
10 de agosto de 2021
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INCOMPETENCIA
Hechos
Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, en especial, que la comunidad Indígena Cebollar-Ascotán está ubicada en la Región de Antofagasta, por lo que en aquél lugar producirá sus efectos el acto reclamado; por lo anterior, y lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y en el numeral 1° del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Protección de las Garantías Constitucionales, en relación a la letra g) del artículo 55 del Código Orgánico de Tribunales, se declara que este Tribunal es INCOMPETENTE para conocer del presente recurso, correspondiéndole a la Iltma. Corte de Apelaciones de Antofagasta, Tribunal al que debe remitirse estos antecedentes para su conocimiento y resolución, por la vía más expedita. Comuníquese vía interconexión. Archívese. Rol N° 685-2021 Protección.
Fallo
se declara que este Tribunal es INCOMPETENTE para conocer del presente recurso, correspondiéndole a la Iltma. Corte de Apelaciones de Antofagasta, Tribunal al que debe remitirse estos antecedentes para su conocimiento y resolución, por la vía más expedita. Comuníquese vía interconexión. Archívese. Rol N° 685-2021 Protección.
Texto Completo (Preview)
Arica, diez de agosto de dos mil veintiuno. Resolviendo la presentación folio N° 10.626-2021. A lo principal y otrosíes: Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, en especial, que la comunidad Indígena Cebollar-Ascotán está ubicada en la Región de Antofagasta, por lo que en aquél lugar producirá sus efectos el acto reclamado; por lo anterior, y lo dispuesto en el artículo 20 de la Constituc
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