TRANSPORTES GOLDEN S.A. / TEXTILES ZAHR S.A.
Rol
Fecha
9 de agosto de 2021
Materia
FACTURA, NOTIFICACIÓN DE
Resultado
REVOCADA
Hechos
Visto: Atendido el mérito de los antecedentes y
Fundamentos
considerando que la parte demandante convalidó cualquier vicio de nulidad que pudiera haberse generado en autos al haber realizado numerosas actuaciones después de la resolución cuya nulidad se solicita en la presente causa, y visto lo dispuesto en los artículos 84 y 186 del Código de Procedimiento Civil, se revoca la resolución apelada de nueve de abril de dos mil veintiuno dictada por el Segundo Juzgado de Letras de Quilpué, en autos Rol C-2477-2020 y, en su lugar,
Fallo
se declara que se rechaza el incidente de nulidad opuesto por la parte demandante recobrando su valor las resoluciones de uno de marzo de dos mil veintiuno (folio 19 del cuaderno de gestión preparatoria), escrito de cuatro de marzo de dos mil veintiuno que evacua el traslado a la impugnación de las facturas (folio 6 del cuaderno de nulidad), resolución de ocho de marzo de dos mil veintiuno (folio 21 del cuaderno de gestión preparatoria), escrito de once de marzo de dos mil veintiuno (folio 6 repetido cuaderno de nulidad), resolución de doce de marzo de dos mil veintiuno (folio 23 cuaderno de gestión preparatoria), escrito de dieciséis de marzo de dos mil veintiuno (folio 6 repetido cuaderno de nulidad), resolución de diecisiete de marzo de dos mil veintiuno (folio 25 cuaderno de gestión preparatoria), escrito de veinticuatro de marzo de dos mil veintiuno (folio 27 cuaderno de gestión preparatoria), actuación de veintinueve de marzo de dos mil veintiuno (folio 29 cuaderno de gestión preparatoria) y resolución de treinta de marzo de dos mil veintiuno (folio 30 cuaderno de gestión preparatoria). Sin perjuicio de lo anterior, advirtiendo esta Corte la agregación de escritos y resoluciones en cuadernos equivocados, rectifíquese dicha situación por el Sr. Secretario del Tribunal, incorporándolos al cuaderno que corresponda. Notifíquese y devuélvase. N°Civil-542-2021.
Texto Completo (Preview)
ahd C.A. de Valparaíso Valparaíso, nueve de agosto de dos mil veintiuno. Visto: Atendido el mérito de los antecedentes y considerando que la parte demandante convalidó cualquier vicio de nulidad que pudiera haberse generado en autos al haber realizado numerosas actuaciones después de la resolución cuya nulidad se solicita en la presente causa, y visto lo dispuesto en los artículos 84 y 186 del Cód
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