JUZGADO DE LETRAS DE ANCUD

INMOVILIARIA E INVERSIONES JARDIN SUR LIMITADA/VELÁSQUEZ

Rol

Fecha

9 de agosto de 2021

Materia

ACTO ADMINISTRATIVO, NULIDAD DE

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Visto: El mérito de los antecedentes, estimando que la excepción de litisconsorcio interpuesta por el demandado I. Municipalidad de Ancud, constituye una cuestión de fondo, lo que no se encuadra en el numeral 6 del artículo 303 del Código de Procedimiento Civil; y que el libelo de autos no es inepto, pues contiene

Fundamentos

fundamentos de hecho y derecho; teniendo presente lo establecido en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma, la resolución apelada de fecha 24 de mayo de 2021, dictada por el Juzgado de Letras de Ancud, a folio 6 del cuaderno de excepciones dilatorias, sin costas de la instancia por haber tenido motivos plausibles para litigar. Devuélvase. No firma el Ministro don Juan Patricio Rondini Fernández-Dávila, quien concurrió a la vista y acuerdo por encontrarse con permiso. Rol Civil 425-2021.

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Puerto Montt, nueve de agosto de dos mil veintiuno Visto: El mérito de los antecedentes, estimando que la excepción de litisconsorcio interpuesta por el demandado I. Municipalidad de Ancud, constituye una cuestión de fondo, lo que no se encuadra en el numeral 6 del artículo 303 del Código de Procedimiento Civil; y que el libelo de autos no es inepto, pues contiene fundamentos de hecho y derecho; t

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