3º JUZGADO DE LETRAS DE TALCA

URRUTIA / MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS DIREC CION GRAL DE OO

Rol

Fecha

9 de agosto de 2021

Materia

HACIENDA,PROCED.CUANTÍA SUPERIOR ART.. 749 C.P.C

Resultado

ANULA DE OFICIO

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Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: 1°) Que el arbitrio de nulidad de funda en la causal contemplada en el artículo 768 N° 4 del Código de Procedimiento Civil, por haberse extendido a puntos no sometidos a la decisión del tribunal, debido a que en el considerando séptimo del

Fallo

fallo el juez alude a la responsabilidad contractual, controvertida por el Fisco de Chile, no obstante que su parte en ningún caso ha sometido a decisión del sentenciador una acción indemnizatoria cuya pretensión se asile en el régimen de responsabilidad contractual, que es de carácter excepcional, ya que el asunto es por responsabilidad extracontractual; en ningún caso se estableció que el régimen aplicable al caso concreto era el de responsabilidad contractual; accionó de acuerdo al régimen común que es el de la responsabilidad extracontractual. Agrega que el vicio le ocasiona un perjuicio reparable sólo con la invalidación de dicho fallo, por lo que solicita su nulidad y la dictación de uno de reemplazo que acoja su demanda, con costas. 2°) Que el examen de la decisión impugnada demuestra que el juez a quo se refirió, efectivamente, a la responsabilidad contractual como pretensión de la actora, y lo hizo, según lo deja de manifiesto, porque en la demanda se mencionan los artículos de la responsabilidad contractual previstos en el Código Civil; es decir, de entre las posibilidades poco claras de la demanda, eligió una. Consta en el fallo, asimismo, que el sentenciador concluyó que, “de hacerse efectiva alguna responsabilidad de la demandada en estos autos, ella debe verificarse conforme al estatuto que gobierna la responsabilidad extracontractual, mismo en el cual no se asila la acción del caso sublite; luego, de acceder a lo impetrado sobre la base de un estatuto de res

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Talca, nueve de agosto de dos mil veintiuno. Ingresó a esta Corte la presente causa civil rol C-3535-2015 del Tercer Juzgado de Letras de esta ciudad, caratulada “Miriam Haydee Urrutia Acuña con Ministerio de Obras Públicas, Dirección General de Obras Hidráulicas”, en virtud de los recursos de casación en la forma y apelación deducidos por la demandante, en contra de la sentencia de siete de juni

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