LORES/PRISA LOGISTICA S.A.
Rol
Fecha
9 de agosto de 2021
Materia
DESPIDO INJUSTIFICADO
Resultado
DE FALLO (SENTENCIA DE REEMPLA
Hechos
Vistos: Atendido el motivo para acoger el recurso de nulidad del demandante, se mantiene la sentencia impugnada en todo lo no afectado por el recurso, de modo tal que solo se prescinde de los considerandos, noveno al decimoquinto, que se suprimen. Y teniendo, además, y en su lugar presente: 1°) Lo señalado en el
Fundamentos
considerando tercero de la sentencia de nulidad, que se tiene por reproducido para estos efectos. 2°) Que del mérito de la prueba rendida, la que ha sido analizada conforme a las reglas de la sana crítica, se puede dar por establecido que el actor, durante el periodo que estaba con licencia médica, lo que le inhabilitaba para desempeñar sus laborales habituales en la empresa, viajó con fecha 22 de diciembre de 2019 a Colombia, en un viaje de placer, contratado con anterioridad, señalando incluso en ese intertanto que estaba en la ciudad de Talca, debido a una depresión. 3°) Que, los hechos establecidos en el motivo precedente configuran la causal de término del contrato de trabajo, contemplada en el artículo 160 N° 7 del Código del Trabajo, esto es incumplimiento grave de las obligaciones del contrato, pues, mediante un engaño, simulando una enfermedad mental, el actor evadió hacerse cargo de sus obligaciones contractuales, viajando en el periodo de la supuesta licencia médica al extranjero, en un viaje de placer. 4°) Que, en virtud de lo anterior, la demanda debe ser rechazada, en todas sus partes. Por los fundamentos anteriores, más lo dispuesto en los artículos 456, 478 letra b) y 482 del Código del Trabajo, se rechaza, en todas sus partes, sin costas, la demanda de despido injustificado deducida por el actor don Óscar Albero Lores Ríos, aunada al cobro de prestaciones asociadas, en contra de su ex empleador Prisa Logística S.A. Se previene que el ministro Tomás Gray estuvo por condenar en costas al demandante. Regístrese y comuníquese. Redacción del ministro (s) Aguilar. Laboral-Cobranza N° 2.409-2020.- Pronunciada por la Duodécima Sala de esta Ilma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por el ministro señor Tomás Gray Gariazzo e integrada por el ministro (s) Alejandro Aguilar Brevis y la ministra (I) señora Pamela Quiroga Lorca quien no firma no obstante haber concurrido a la vista de la causa y al acuerdo, por haber expirado su interinato. En Santiago, nueve de agosto de dos mil veintiuno, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, nueve de agosto de dos mil veintiuno. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 478 del Código del Trabajo se dicta la siguiente sentencia de reemplazo. Vistos: Atendido el motivo para acoger el recurso de nulidad del demandante, se mantiene la sentencia impugnada en todo lo no afectado por el recurso, de modo tal que solo se prescinde de los considerandos, noveno
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