ORTEGA BLANCHARD / INTENDENCIA REGIONAL DE VALPARAÍSO
Rol
Fecha
9 de agosto de 2021
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Visto: A folio 1, comparece Eusmary Ysabel Ortega Blanchar, de nacionalidad venezolana, deduciendo acción de amparo en contra de la Intendencia Regional de Valparaíso y la Policía de Investigaciones de Chile, solicitando se deje sin efecto la expulsión contenida en la Resolución Exenta N° 922, de fecha 9 de marzo 2021. Indica que ingresó a Chile por un paso no habilitado, el día 2 de febrero de 2021, procediendo a formular una autodenuncia ante la Policía de Investigaciones, siendo notificada con fecha 23 de julio del presente, de la resolución que se impugna en este acto. Expresa que la decisión de abandonar su país de origen se ha debido a los hechos de corrupción que se suscitan en Venezuela, la crisis estructural, humanitaria, económica, alimenticia, social y política, panorama que la colocó a ella y su familia en un situación de riesgo con temor a perder sus vidas. Refiere que actualmente se desempeña en labores de cocina y tiene una oferta de trabajo sujeta a la regularización de su permanencia en el país. En cuanto a los
Fundamentos
fundamentos de derecho, alega la inexistencia del supuesto legal que autoriza la expulsión por ingreso clandestino y carencia de la correcta fundamentación legal. Al respecto, precisa que el Decreto Ley N° 1.094, artículo 69, establece que solo una vez cumplida la pena se podrá decretar la expulsión del extranjero que realiza el ingreso clandestino, siendo el cumplimiento de la pena un requisito para decretar la expulsión. Además, la comisión del delito debe ser investigada por un juez del fondo en lo penal, luego de la tramitación de un debido proceso penal, el cual en la especie no se vislumbra.
Fallo
Por lo expuesto, solicita se acoja la presente acción, declarando que la expulsión ordenada es ilegal y arbitraria, disponiendo como providencia necesaria para restablecer el imperio del derecho y dejar sin efecto el acto impugnado. A folio 4, informa la Policía de Investigaciones de Chile, señalando que la amparada se encuentra sujeta a la medida de control de firmas ante la autoridad. Y, mediante Resolución Exenta N° 922, de fecha 9 de marzo 2021, de la Intendencia Regional de Valparaíso, se dispuso la medida de expulsión del territorio nacional a su respecto. A folio 9, informa la Delegación Presidencial Regional de Valparaíso, solicitando el rechazo de la acción. Indica que por Resolución Exenta N° 922, de fecha 9 de marzo 2021, se procede a la expulsión del territorio nacional de la ciudadana de nacionalidad venezolana, recurrente de autos, por los motivos que allí se indican. Expulsión que se funda en el informe policial N° 88 de fecha 2 de febrero 2021, de la Policía de Investigaciones de Chile, que en su parte sustantiva, indica que la amparada ingresó al país en forma clandestina, evadiendo todo tipo de control migratorio, ya que no sabía si la dejarían ingresar a Chile. Señala que se realizó la denuncia a la Fiscalía Local de Valparaíso por infracción a la Ley de Extranjería y su Reglamento, desistiéndose posteriormente de aquella, cumpliendo así, con el procedimiento establecido en los artículos 78 y 158 de las normas ya referidas. Añade que en la especie, al
Texto Completo (Preview)
edp C.A. de Valparaíso Valparaíso, nueve de agosto de dos mil veintiuno. Visto: A folio 1, comparece Eusmary Ysabel Ortega Blanchar, de nacionalidad venezolana, deduciendo acción de amparo en contra de la Intendencia Regional de Valparaíso y la Policía de Investigaciones de Chile, solicitando se deje sin efecto la expulsión contenida en la Resolución Exenta N° 922, de fecha 9 de marzo 2021. Indic
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica