VALENZUELA/ISAPRE CRUZ BLANCA S.A.
Rol
Fecha
10 de agosto de 2021
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece FRANCISCO JAVIER CAMPOS GAVILAN, abogado, interponiendo acción constitucional de protección en favor de ELIZABETH JOHANA VALENZUELA REYES, y en contra de ISAPRE CRUZ BLANCA S.A., por el acto consistente en determinar el precio a pagar por su plan de salud aplicando una tabla de factores arbitraria y discriminatoria en razón de su edad y sexo, la que ha sido parcialmente derogada y ha dejado de ser usada a partir de la jurisprudencia del Excmo. Tribunal Constitucional. Sostiene que el precio de su plan de salud ha sido obtenido mediante la aplicación de normas derogadas por parte del Excmo. Tribunal Constitucional el 6 de agosto de 2010, mediante sentencia dictada en la causa rol N° 1710 -10 -INC, publicada en el Diario Oficial de fecha 9 de agosto de 2010, que declaró la inconstitucionalidad y, en consecuencia, derogó los numerales 1°, 2°, 3' y 4° del inciso tercero del artículo 38 ter de la Ley N° 18.933 (actual art. 199 del DFL 1 de 2006), norma que facultaba a las Isapres para aplicar tablas de factores de edad y sexo, a fin de determinar el valor de los contratos de salud. Puntualiza que el acto arbitrario e ilegal denunciado viola el derecho establecido en el art. 19 N° 2 de la Constitución Política de la República, el derecho a elegir el sistema de salud, sea estatal o privado, consagrado en el inciso final del N° 9 del artículo 19 de la Constitución, y el derecho de propiedad. En base a las anteriores consideraciones solicita acoger la acción intentada, declarando que la Isapre deberá abstenerse de multiplicar el precio base del plan por el factor de riesgo, con expresa condenación en costas. Acompaña los siguientes documentos: 1. Certificado de Afiliación vigente que acredita que la parte recurrente se encuentra afiliada a la ISAPRE Cruz Blanca y que se encuentra adscrita en el plan denominado INTAGREMEDICA FULL A3; 2. Tabla de factores asociado al plan de salud INTAGREMEDICA FULL A3 y en que consta la tabla. SEGUNDO: Que, evacuó informe MATIAS GARRIDO MANLLA, abogado, en representación de la recurrida ISAPRE CRUZ BLANCA S.A. Solicita, en primer término, se declare inadmisible por extemporáneo el recurso de protección. Lo anterior, por cuanto el hecho denunciado como arbitrario o ilegal referente a la aplicación del factor de riesgo de la recurrente para efectos de determinar el precio, ocurrió a partir del momento en que suscribió su actual plan de salud con Isapre Cruz Blanca S.A., el cual tiene incorporada la tabla de factores que se impugna. En subsidio, evacua informe sosteniendo que el acto impugnado no pudo ser omitido por la Isapre porque es una obligación legal (Art. 199 DFL 1/2005). Añade que aun si no se considerase el acto como el cumplimiento de una obligación legal, éste corresponde de todas maneras a la ejecución de una cláusula contractual pactada y conocida en sus efectos por las partes. Destaca que el inciso primero del artículo 199 del DFL 1/2005 del Ministerio de Salud, es
Fallo
Por estas consideraciones y lo establecido en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección, se acoge, con costas, el recurso de protección interpuesto en favor de ELIZABETH JOHANA VALENZUELA REYES, en contra de la Isapre Cruz Blanca S.A. y, en consecuencia, se ordena a la recurrida, abstenerse de multiplicar el precio base del plan por el factor de riesgo previsto en el artículo 199 del D.F.L N° 1 de 2005 del Ministerio de Salud, para efectos del cálculo del valor del plan, por lo cual sólo podrá considerar el valor base sin aplicar coeficiente alguno de la tabla de factores de riesgo Regístrese y archívese en su oportunidad. Rol N° 953-2021 (Protección).-
Texto Completo (Preview)
Valenzuela Reyes, Elizabeth Johana Isapre Cruz Blanca S.A. Recurso de Protección Rol N° 953-2021.- La Serena, diez de agosto de dos mil veintiuno. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece FRANCISCO JAVIER CAMPOS GAVILAN, abogado, interponiendo acción constitucional de protección en favor de ELIZABETH JOHANA VALENZUELA REYES, y en contra de ISAPRE CRUZ BLANCA S.A., por el acto consistente e
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