SIN INFORMACION

RECAUDADORA S.A./DÍAZ

Rol

Fecha

6 de agosto de 2021

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos: Primero: Que a fin de resolver la admisibilidad del arbitrio, es preciso dilucidar si concurren los requisitos contemplados en los artículos 545 y siguientes del Código Orgánico de Tribunales y, más concretamente aún, si se impugna alguna resolución que participe de la naturaleza jurídica exigida, esto es, que se trate de una sentencia interlocutoria que ponga fin al juicio o haga imposible su continuación o de sentencia definitiva que no sea susceptible de recurso alguno, ordinario o extraordinario. Segundo: Que, el recurso se ha dirigido en contra de la resolución dictada veinte de julio del año en curso, que rechazó el incidente de nulidad de lo obrado por falta de emplazamiento, deducido por el quejoso. Tercero: Que, la resolución que resuelve un incidente de nulidad procesal, no se enmarca dentro de la enumeración taxativa del artículo 545 del Código Orgánico de Tribunales, ya referida. Como necesaria consecuencia de ello, resulta entonces que por su naturaleza jurídica dicha resolución no hace admisible a su respecto el recurso de queja; Por estas consideraciones, se declara inadmisible el recurso de queja deducido contra la jueza suplente del Primer Juzgado de Letras de Santiago, doña Violeta Díaz. Comuníquese la decisión al Juzgado respectivo. En su oportunidad, archívese. Al segundo, tercer y cuarto otrosí, aténgase a lo resuelto. Al quinto otrosí, téngase presente. N° Laboral-cobranza-2480-2021 Pronunciada por la Primera Sala de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por el Ministro señor Jorge Zepeda Arancibia, e integrada por el Ministro señor Omar Astudillo Contreras y la Ministra (s) señora Blanca Rojas Arancibia.

Fallo

Por estas consideraciones, se declara inadmisible el recurso de queja deducido contra la jueza suplente del Primer Juzgado de Letras de Santiago, doña Violeta Díaz. Comuníquese la decisión al Juzgado respectivo. En su oportunidad, archívese. Al segundo, tercer y cuarto otrosí, aténgase a lo resuelto. Al quinto otrosí, téngase presente. N° Laboral-cobranza-2480-2021 Pronunciada por la Primera Sala de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por el Ministro señor Jorge Zepeda Arancibia, e integrada por el Ministro señor Omar Astudillo Contreras y la Ministra (s) señora Blanca Rojas Arancibia.

Texto Completo (Preview)

mplb C. A. Santiago. Santiago, seis de agosto de dos mil veintiuno. Al Folio N°1: A lo principal y primer otrosí: Vistos: Primero: Que a fin de resolver la admisibilidad del arbitrio, es preciso dilucidar si concurren los requisitos contemplados en los artículos 545 y siguientes del Código Orgánico de Tribunales y, más concretamente aún, si se impugna alguna resolución que participe de la natura

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