JUZGADO DE GARANTIA DE TALAGANTE

MP. C/ CLAUDIO ANDRÉS RIQUELME GONZÁLEZ.

Rol

Fecha

6 de agosto de 2021

Materia

TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos: Oídos los intervinientes y teniendo presente que en el actual estadio procesal se observan antecedentes suficientes que permiten sostener la existencia de los presupuestos establecidos en las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal y apareciendo que no han variado sustancialmente las circunstancias que se tuvo en consideración para decretar la prisión preventiva en su oportunidad, en relación con el delito por el cual se ha formalizado investigación y la eventual participación del imputado en el mismo, esta Corte estima que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, en atención a la naturaleza y gravedad de la pena asignada al ilícito, bien jurídico protegido y las circunstancias de su comisión, de conformidad a lo dispuesto en la letra c) del artículo 140 ya mencionado. Por lo antes señalado y lo dispuesto en el artículo 352 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución dictada en audiencia de veintinueve de julio del año en curso, por el Juzgado de Garantía de Talagante que mantuvo la medida cautelar de prisión preventiva respecto de Claudio Andrés Riquelme González. Acordada con el voto en contra del Fiscal Judicial señor Jaime Salas Astráin, quien fue del parecer de revocar la resolución apelada e imponer las medidas de arresto domiciliario nocturno, arraigo nacional y prohibición de ingreso al CDP Talagante, lo anterior teniendo para ello en consideración la naturaleza de los hechos por los que fue formalizado, pena probable a imponer y no presentar anotaciones prontuariales anteriores. Devuélvase. N° 2228-2021 -Penal.

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Fecha: seis de agosto de dos mil veintiuno. Sala: Sexta-Zoom. Rol Corte: 2228-2021. RUC: 2100493963-5. RIT: 2574-2021. Tribunal: Juzgado de Garantía de Talagante. Fiscal: Juan Barrios Herrera. Defensor: Francisco Figuero Maureira. Tipo de Recurso: Apelación de medida cautelar. Imputado: Claudio Andrés Riquelme González. Escritos proveídos en audiencia: 2. San Miguel, seis de agosto de dos mi

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