MEDICAL GESTION EN SALUD SPA/HOSPITAL CLÍNICO METROPOLITANO DE LA FLORIDA DOCTORA ELOISA DIAZ
Rol
Fecha
6 de agosto de 2021
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1°.- Comparece don José Tomás Marambio Yanes, abogado, con domicilio en calle Candelaria Goyenechea N°3868, oficina 43, comuna de Vitacura, actuando por la sociedad Medical Gestión en Salud SpA, representada por don Ronald Kurt Mayr Rojas ambos domiciliados para estos efectos en Antonio Bellet N°444, oficina 701, Piso 7, comuna de Providencia, quien interpone recurso de protección en contra de don Rubén Gennero Riganti, Director del Hospital Clínico Metropolitano de la Florida Dra. Eloísa Díaz Insunza, ambos con domicilio en avenida Froilán Roa N°6542, comuna de La Florida, por el acto que considera ilegal y arbitrario consistente en la Resolución Exenta N° 119 de 03 de febrero de 2021, mediante la cual pone término unilateralmente al contrato aprobado por Resolución Exenta N° 2407 de 28 de mayo de 2020, pretendiendo hacer efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, y ordenar publicar la resolución en el sistema de información de la Dirección de Compras y Contratación Pública, vulnerando de este modo las garantías consagradas en los numerales 2, 21, 22 y 24 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Funda el recurso expresando que el contrato aprobado por la resolución precitada se rige por las disposiciones de la Ley N°19.886 sobre Bases de los Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, el Reglamento contenido en el Decreto Supremo N°250 de 2004 del Ministerio de Hacienda y por las Bases Administrativas, Técnicas y demás anexos de la licitación pública para la “Contratación del Servicio de Otros profesionales para el HLF”. En cuanto al acto impugnado, refiere que invoca como fundamento que “Con fecha 2 de febrero de 2021, Sebastian Jer Medina, RUT 17.664.860-0, trabajador de Medical Gestión en Salud Spa, que se encontraba realizando labores de tecnólogo médico en el Hospital en virtud del contrato adjudicado por la Resolución Exenta N°2407, comete un acto de abuso sexual a un paciente
Fundamentos
fundamentos y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales,
Fallo
se declara que se rechaza el recurso de protección deducido por don José Tomás Marambio Yanes, actuando por la sociedad Medical Gestión en Salud SpA, representada por don Ronald Kurt Mayr Rojas, en contra de don Rubén Gennero Riganti, Director del Hospital Clínico Metropolitano de la Florida Dra. Eloísa Díaz Insunza, Comuníquese y archívese. Redacción de la Ministro señora Solís. Protección Nº 2413-2021.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, seis de agosto de dos mil veintiuno. Vistos y teniendo presente: 1°.- Comparece don José Tomás Marambio Yanes, abogado, con domicilio en calle Candelaria Goyenechea N°3868, oficina 43, comuna de Vitacura, actuando por la sociedad Medical Gestión en Salud SpA, representada por don Ronald Kurt Mayr Rojas ambos domiciliados para estos efectos en Antonio Bellet N°444, oficin
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