JUZGADO DE GARANTIA DE CONCEPCION

NATALIA ANDREA SALAZAR RIFFO C/ NINOSKA ALEJANDRA SALAZAR CASTILLO

Rol

Fecha

6 de agosto de 2021

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

REVOCADA

Ver en fuente oficial

Hechos

hechos que fue formalizada la imputada, también fue víctima la hija menor de 7 años de edad, de Natalia Salazar Riffo. Comuníquese lo resuelto, por la vía más rápida y expedita al referido tribunal. Se deja constancia que los intervinientes quedan notificados de la resolución precedente en forma personal por estar presentes en la audiencia a través de plataforma virtual. Rol N Penal-677-2021.

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 140, 149 y 370 letra b) del Código Procesal Penal, SE REVOCA, la resolución dictada en audiencia de veintinueve de julio en curso, por el Juzgado de Garantía de Concepción, que impuso la medida cautelar personal de prisión preventiva respecto de la imputada Ninoska Alejandra Salazar Castillo, y, en su lugar, se resuelve que se la sustituye por las de las letras c), g) e i) del artículo 155 del código mencionado, esto es, la prohibición de aproximarse a las víctimas en toda circunstancia y la obligación de la imputada de abandonar el domicilio que actualmente ocupa en la comuna de Concepción, es decir, aquél situado en el mismo edificio donde habitan las ofendidas. Asimismo, presentarse dos veces por semana ante la unidad de Carabineros de San Pedro de la Paz, más cercana al nuevo domicilio que fijará. La jueza de primer grado, tomará todas las medidas que fueren necesarias para asegurar el correcto cumplimiento de lo recién ordenado. Acordada con el voto en contra del ministro señor Carlos Aldana Fuentes, quien estuvo por confirmar la resolución en alzada, en virtud de sus propios fundamentos, y teniendo además presente, que en unos de los hechos que fue formalizada la imputada, también fue víctima la hija menor de 7 años de edad, de Natalia Salazar Riffo. Comuníquese lo resuelto, por la vía más rápida y expedita al referido tribunal. Se deja constancia que los intervinientes quedan noti

Texto Completo (Preview)

C.A. de Concepción Concepción, seis de julio de dos mil veintiuno. VISTO, OÍDO Y TENIENDO ÚNICAMENTE PRESENTE: 1°.- Que la defensa de la imputada Salazar Castillo hace cuestión, en su apelación, de la concurrencia del presupuesto contemplado en la letra c) del artículo 140 del Código Procesal Penal, en relación con los cinco hechos, constitutivos de nueve delitos, por los que ha sido formalizada

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