2º JUZGADO DE LETRAS DE OVALLE

BANCO DE CRÉDITO E INVERSIONES/VEGA OGALDE, KARIME ALEJANDRINA

Rol

Fecha

6 de agosto de 2021

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

REVOCADA

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Hechos

VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes y lo instruido tanto por la Excelentísima Corte Suprema en los antecedentes administrativos 335-2020, en los que se insta por la prosecución de los juicios, y no observándose por estos sentenciadores impedimento alguno para la práctica de la diligencia requerida en la forma peticionada, la que no afectaría el derecho de defensa de las partes así como tampoco generaría un riesgo sanitario para los usuarios, y visto además lo dispuesto en los artículos 186, 223 y 227 del Código de Procedimiento Civil, se REVOCA la resolución apelada de fecha catorce de abril de dos mil veintiuno, en cuanto dispuso posponer la práctica del requerimiento y notificación solicitados, y, en su lugar, se accede a aquellos, debiendo el ministro de fe encargado adoptar las precauciones necesarias para la realización de dicha diligencia. Devuélvase. Rol Nº424-2021.- Civil.

Texto Completo (Preview)

La Serena, seis de agosto de dos mil veintiuno. VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes y lo instruido tanto por la Excelentísima Corte Suprema en los antecedentes administrativos 335-2020, en los que se insta por la prosecución de los juicios, y no observándose por estos sentenciadores impedimento alguno para la práctica de la diligencia requerida en la forma peticionada, la que no afecta

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