SERNAC - CORREA BRAVO OLGA - BANCO DE CHILE - TOMO II
Rol
Fecha
6 de agosto de 2021
Materia
SIN MATERIA
Resultado
DE FALLO
Hechos
Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de sus
Fundamentos
fundamentos 16°, 17° y 18°, que se eliminan. Y se tiene en su lugar, y además, presente: Primero: Que, interpone recurso de apelación la parte querellada y demandada Banco de Chile en contra de la sentencia definitiva de fecha 11 de febrero de 2019, dictada por el Cuarto Juzgado de Policía Local de Santiago, que acogió la querella deducida en su contra y le impuso el pago de una multa de 10 UTM, por infracción a la Ley de Protección al Consumidor y, acogió la demanda civil ordenando eliminar o reversar el monto total del crédito por uso de línea de sobregiro por $1.145.000, así como los intereses derivados del mismo y, en caso de que se hubiese efectuado el pago de alguna cuota por dicho concepto, dispone restituirlos a la demandante, debidamente reajustados y en los 10 días siguiente a que la sentencia quede ejecutoriada; al pago de $500.000 por daño moral, más reajustes e intereses corrientes para operaciones reajustables sobre todas las sumas a pagar por el banco demandado, desde que esté ejecutoriada y, el pago de las costas de la causa. Pide se revoque dicha sentencia y se le exima del pago de la multa, por no haber incurrido en infracción alguna y se rechace la demanda indemnizatoria, con costas. Segundo: Que, sustenta su arbitrio en síntesis, en que os sistemas de seguridad del Banco no aparecen vulnerados, constantemente está informando a sus clientes por diversos medios, como página web, publicidad y correos la existencia de este delito y las formas de evitarlo, mantener instalado y actualizado el antivirus, instalar el software “Trusteer Rapport”, descargándolo gratuitamente de la página del banco, informando constantemente que el banco nunca solicitará la clave digipass al momento de acceder al portal privado. Por otra parte refiere que Llos avances desde la línea de crédito de la señora Correa se realizaron mediante el servicio “IVR”, que requiere necesariamente el ingreso del RUT del cliente y su clave válida ATM (del cajero). Respecto a las transacciones discutidas, el 19 de septiembre de 2017 se efectuó un avance en línea desde su línea de crédito a su cuenta corriente por $1.145.000, que la demandante desconoce, para posteriormente transferir $1.100.000 a una cuenta de Pablo Flandes, operación realizada mediante servicio IVR o telefónico, que la demandante niega haber efectuado, pero que igual requiere el ingreso del RUT del cliente y el uso de la clave válida ATM. Alega que no se ha acreditado la existencia del delito mediante sentencia dictada en causa criminal, como causa basal de las infracciones imputadas, de modo que mal podría resultar condenada infraccionalmente, pues sería imposible atribuirle responsabilidad de esos supuestos hechos delictivos y sus consecuencias. Los sistemas de seguridad del banco no fueron vulnerados, las operaciones fueron realizadas a través del sistema IVR, con la clave ATM, el ingreso de las claves, lo que se produjo sin anormalidad, es responsabilidad de la señora Correa. El delito del que eventu
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 32 y siguientes de la Ley N° 18.287, se decide: 1.- Se revoca, la sentencia de once de febrero de dos mil diecisiete, escrita a fojas 477 y siguientes, dictada en causa Rol N°5857-4-2018, por el Cuarto Juzgado de Policía Local de Santiago, en la parte que condena a la demandada al pago de $500.000 por concepto de daño moral, y se declara en su lugar que la demanda deducida en el primer otrosí de la presentación de fojas 83, complementada a fojas 88, queda rechazada en lo que al daño moral se refiere. 2.- Se revoca, la referida sentencia, en la parte que condena al Banco de Chile al pago de las costas de la causa, eximiéndosela en consecuencia de la carga de satisfacerlas. 3.- Se confirma en lo demás apelado la aludida sentencia. Regístrese y devuélvase con su tomo agregado. Redacción de la Ministra Señora María Soledad Melo Labra, quien no firma no obstante haber concurrido a la vista de la causa y al a acuerdo por encontrarse con feriado legal. Policía Local Rol N°1206-2019.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, seis de agosto de dos mil veintiuno. Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de sus fundamentos 16°, 17° y 18°, que se eliminan. Y se tiene en su lugar, y además, presente: Primero: Que, interpone recurso de apelación la parte querellada y demandada Banco de Chile en contra de la sentencia definitiva de fecha 11 de febrero de 2019, dictada por el Cuart
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