SIN INFORMACION

GARCE/MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA

Rol

Fecha

4 de agosto de 2021

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE PRIMERO: Que, comparecen don Tomás Pedro Greene Pinochet y doña Constanza Andrea Salgado Boza, abogados, en favor de don Leodan Garce Mejias, de nacionalidad cubana, interponiendo acción constitucional de protección en contra del Ministerio del Interior y Seguridad Pública. Explican que el recurrente ingresó al territorio nacional a través de paso no habilitado de la frontera chilena, eludiendo los controles migratorios, en el año 2019. Los

Fundamentos

motivos dicen relación con la imposibilidad o grave dificultad que tenía para conseguir los visados consulares que el Gobierno chileno le exige para migrar de manera regular a nuestro país. Agregan que no posee antecedentes penales, ni en Chile ni en el extranjero, y que ha trabajado de manera dependiente y formal, manteniendo un contrato de trabajo indefinido, actualmente se desempeña como Supervisor de Faena en la empresa contratista Agroriveros SPA. Refiere que la Resolución Exenta N°4.508/4.211 emanada de la Intendencia de Arica y Parinacota, determinó su expulsión del territorio nacional, durante el año 2019, por lo que interpuso recurso de amparo ante la Corte de Apelaciones de Arica, la que acogió dicho recurso, resolución que fue confirmada por la Corte Suprema, ordenándose la revocación de la resolución que decretaba su expulsión del país. Añade que, sin embargo, esto no produjo que su situación migratoria se pudiera regularizar. En efecto, el amparado, no está habilitado actualmente para solicitar un permiso de residencia al Departamento de Extranjería y Migración por las vías ordinarias que establece la normativa migratoria, a raíz de que no cuenta con un permiso que acredite su ingreso regular al país, lo que constituye un requisito básico para poder transitar hacia la calidad de residente regular. Razona que, dado que el recurrente no cumple con uno de los requisitos esenciales de ingreso legal al país, de acuerdo al artículo 6° del Reglamento de Extranjería –el ingreso por un paso fronterizo habilitado–, y en atención a que no se encuentra en ninguna de las hipótesis de excepción que se indican en la norma citada, concluye que, si presentase una solicitud de visa por la vía ordinaria de regularización, la autoridad migratoria estaría obligada por ley a rechazar su solicitud. Esta situación, señala, le impide obtener un permiso para trabajar legalmente en el país o una cédula de identidad, de manera que su integración a la sociedad chilena encuentra un grave obstáculo que sólo puede ser superado por el ejercicio de una facultad que la Ley de Extranjería entrega de manera excepcional al Ministerio del Interior y Seguridad Pública, y que ha sido solicitada por el recurrente a dicha autoridad, para que ejerza la facultad que le concede la ley para otorgar la regularización migratoria a quienes no la posean, en virtud del artículo 91 N° 8 de la Ley de Extranjería. En cuanto a “Disponer la regularización de la permanencia de los extranjeros que hubieren ingresado o residan en Chile irregularmente u ordenar su salida o expulsión”. Indica que el día 6 de febrero de 2020, elevó al Subsecretario del Interior una solicitud de regularización, invocando el artículo 91 N° 8 citado. Habiendo transcurrido más de nueve meses sin que la Subsecretaría del Interior hubiera dado respuesta a su petición, y a causa de las innumerables dificultades que encuentra por su situación migratoria irregular en nuestro país, el día 25 de noviembre de 2020, presentó

Fallo

Por estas consideraciones, disposiciones legales citadas y lo dispuesto por el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se declara que se RECHAZA la acción constitucional interpuesta en favor del Sr. Leodan Garce Mejias y en contra del Ministerio del Interior y Seguridad Pública. Regístrese, comuníquese y archívese. Redacción de la Ministro (s) doña María Paula Merino Verdugo. N°Protección-941-2021.-

Texto Completo (Preview)

Santiago, cuatro de agosto de dos mil veintiuno. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE PRIMERO: Que, comparecen don Tomás Pedro Greene Pinochet y doña Constanza Andrea Salgado Boza, abogados, en favor de don Leodan Garce Mejias, de nacionalidad cubana, interponiendo acción constitucional de protección en contra del Ministerio del Interior y Seguridad Pública. Explican que el recurrente ingresó al territorio

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