CRISTIAN MIRANDA CORDERO Y ROBERTO DE LOS REYES RECABARREN DEFENSORES PENALES PUBLICOS EN FAVOR DEL AMPARADADO EMILIO ELGUETA TORRES CONTRA JUEZ JUZGADO GARANTIA DE RANCAGUA PATRICIO ACEVEDO SILVA
Rol
Fecha
3 de agosto de 2021
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Visto: Que del relato de los hechos de la acción de amparo no se advierte privación, perturbación o amenaza al derecho a la libertad personal o seguridad individual del amparado Elgueta Torres, que pudiere ser reparada por esta vía, en atención a que se está atacando la resolución judicial de 20 de julio de 2021, dictada por el Juez de Garantía de Rancagua, dentro del ámbito de su competencia y, teniendo, además, presente lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, SE DECLARA INADMISIBLE el recurso de amparo deducido por los abogados Cristian Miranda Cordero y Roberto de los Reyes Recabarren en contra de la referida resolución, sin perjuicio de otros derechos. Devuélvase a la Iltma. Corte de Apelaciones de Rancagua y archívese, en su oportunidad. N°Amparo-266-2021.
Fallo
SE DECLARA INADMISIBLE el recurso de amparo deducido por los abogados Cristian Miranda Cordero y Roberto de los Reyes Recabarren en contra de la referida resolución, sin perjuicio de otros derechos. Devuélvase a la Iltma. Corte de Apelaciones de Rancagua y archívese, en su oportunidad. N°Amparo-266-2021.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Talca Talca, tres de agosto de dos mil veintiuno. Al escrito folio 1: Visto: Que del relato de los hechos de la acción de amparo no se advierte privación, perturbación o amenaza al derecho a la libertad personal o seguridad individual del amparado Elgueta Torres, que pudiere ser reparada por esta vía, en atención a que se está atacando la resolución judicial de 20 de julio de 2021, dictada
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