GONZALEZ AVILA RICARDO ANTONIO/COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL
Rol
Fecha
4 de agosto de 2021
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que, recurre de amparo Diego Ignacio Nilo Arce, en representación del condenado Ricardo Antonio González Ávila, actualmente interno en el Centro de Detención Preventiva Santiago Sur, en contra de Comisión de Libertad Condicional por rechazar la concesión del beneficio vulnerando su libertad y seguridad individual. En cuanto a los antecedentes que funda su recurso, señala que el amparado se encuentra actualmente cumpliendo condena de 541 días por el delito de hurto simple consumado previsto y sancionado en el artículo 432 en relación con el articulo 446 N°2 ambos del Código Penal. Agrega que cumple todos los requisitos del D.L. N°321, sin embargo la recurrida no le otorgó el beneficio de libertad condicional por estimar que su informe sicosocial era desfavorable. Sin embargo, el recurrente señala que el fundamento de la negación del beneficio se basa únicamente en un informe psicosocial que no resulta vinculante, en la concesión de dicha libertad, como lo ha sostenido y reiterados fallos de la Excelentísima Corte Suprema; puesto que además resalta aspectos o presupuestos futuros, eventuales, y se basa o funda en probabilidades; careciendo de valor para la concesión y otorgamiento de dicho beneficio o derecho. El amparado ha mostrado avances en su proceso de reinserción social por cuanto ha desarrollado actividades prosociales tales como trabajar de “mozo” en el complejo penitenciario y colaborar frecuentemente en la cocina de dicho establecimiento, sin registrar ninguna falta o sanción durante el cumplimiento de su condena. Finamente hace presente que sólo le restan 4 meses para el cumplimiento de la condena y que padece un delicado estado de salud con diversas enfermedades, tales como hipertensión arterial, diabetes tipo 2, dislipidemia y enfermedad renal crónica etapa II; las que dificultan de manera relevante su estadía en el recinto penitenciario,
Fundamentos
considerando la actual situación sanitaria que vive el país producto del Covid-19 Solicita que
Fallo
en mérito de lo expuesto, se disponga dejar sin efecto la resolución que deniega el beneficio de la Libertad Condicional, o por el Contrario si se estimare pertinente se reúna extraordinariamente la Comisión de Libertad Condicional y se revise nuevamente el caso del amparado. Segundo: Que, informa, doña María Loreto Gutiérrez Alvear, Ministra, Presidenta de la Comisión de Libertad Condicional, señalando que requeridos los antecedentes pertinentes a la Secretaría Criminal, consta que el recurrente fue postulado por el Centro de Detención Preventiva Santiago Sur I y, por unanimidad, se rechazó la concesión del beneficio de que se trata, por cuanto se concluyó la existencia de factores de riesgos que desaconsejan otorgarle el beneficio solicitado, indicando específicamente lo siguiente: “…entre los documentos analizados por esta Comisión es posible advertir que el postulante es un interno de mediano compromiso delictual, arroja un nivel de riesgo de reincidencia medio, dentro de sus perfiles de riego destacan vinculación con pares negativos como criminógenos y su aptitud procriminal donde mantiene su gusto por actos delictuales por sobre acciones prosociales, pensamiento criminógeno se potencia debido a que no hace reconocimiento a su actuar delictual, minimizando y negado responsabilidades. Señala el informe que es un interno con tendencia a favor del delito, en la entrevista realizada hace mención a delitos cometidos, pero sin ningún contenido de responsabilidad y sin reconoc
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C.A. de Santiago Santiago, cuatro de agosto de dos mil veintiuno. Vistos y teniendo presente: Primero: Que, recurre de amparo Diego Ignacio Nilo Arce, en representación del condenado Ricardo Antonio González Ávila, actualmente interno en el Centro de Detención Preventiva Santiago Sur, en contra de Comisión de Libertad Condicional por rechazar la concesión del beneficio vulnerando su libertad y seg
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