OMAR SAAVEDRA PALACIOS POR BRIAN SAAVEDRA VERASAY C/GENDARMERIA
Rol
Fecha
2 de agosto de 2021
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: 1°) Con fecha 28 de julio pasado comparece don Omar Saavedra Palacios e interpone acción constitucional de amparo en favor de su hijo, don Brian Omar Saavedra Verasay, actualmente privado de libertad en el Centro de Cumplimiento Penitenciario de Copiapó. Al efecto refiere que cinco funcionarios de Gendarmería que individualiza como Cabo Inostroza, Cabo Marín, Teniente Valdivia, Cabo Bascur, y Cabo Cofré, incurrieron en un abuso de poder al propinar a su hijo una golpiza el día domingo 25 de julio de 2021 entre las 15:00 y 16:00 horas. Detalla que el hecho ocurrió mientras su hijo estaba en la ducha, momento en que ingresaron los funcionarios y el Cabo Marín golpeó a José Santiago Maya. Entonces su hijo increpó al funcionario y fue sacado desnudo al patio, donde fue esposado y golpeado con luma, pie y puños. Añade que no le constaron lesiones y que lo obligaron a firmar un documento, cuyo contenido no conoce pues tenía su ojo con un derrame de sangre, amenazándolo con que lo iban a cambiar de cárcel o le iban a hacer la vida imposible. Finalmente, solicita que se haga una revisión de las cámaras de seguridad, respecto de ese día domingo 25 de julio de 2021, entre las 15:00 y las 16:00 horas; y que se constaten lesiones a su hijo para conocer su estado de salud. Adjunta a su presentación un reclamo efectuado por él ante la Dirección Regional de Gendarmería de Chile y una denuncia efectuada ante el Ministerio Público, por los mismos hechos. 2°) Con fecha 29 de julio del año en curso, la abogada de la Dirección Regional de Gendarmería de Chile de Atacama, doña Ingrid Villarroel Castro, evacuó el informe que fue requerido a dicho organismo, señalando que conforme al reclamo realizado por el recurrente ante la Dirección Regional, se dispuso una investigación interna, conforme a la cual, de forma preliminar, se pudo establecer que en momentos que se realizaba la apertura de celdas del Patio 3A de imputados de alta peligrosidad, los internos Brian Omar Saavedra Verasay y José Lorenzo Santiago Maya, reaccionaron de mala manera insultando al personal uniformado, ordenándoseles que desistieran de su actuar. No obstante, al hacer caso omiso, fueron retirados al patio, a lo cual opusieron resistencia activa, lo que llevó a que los funcionarios realizaran un uso racional y proporcional de la fuerza, siendo finalmente derivados los internos a la enfermería del recinto, donde a Saavedra Verasay, se le constataron las siguientes lesiones: “contusión leve en pómulo izquierdo, rasguño en nariz y enrojecimiento en ante pie izquierdo”. Asimismo, refiere que en la oportunidad, el interno se negó a prestar declaración, así como también a firmar y a colocar su huella dactilar. Con posterioridad, el Jefe de Régimen Interno, a través del Parte 805 de 26 de julio de 2021, dio cuenta al señor Alcaide que siendo las 11:05 horas, el Encargado de Patio 3 A, Cabo Lorenzo Cofré Yáñez, manifestó que mientras se encontraba en su puesto de servicio el imputado
Fallo
Por estas razones y de conformidad con lo establecido en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, SE RECHAZA el recurso de amparo deducido en estos antecedentes en favor del interno don Brian Omar Saavedra Verasay. Sin perjuicio de lo anterior, Gendarmería de Chile deberá adoptar todas las medidas tendientes a proteger eficazmente la vida e integridad física del interno ya individualizado, entregándole todos los cuidados y tratamientos que su salud requiera, incluyendo los traslados y controles médicos que sean necesarios ante el Hospital Regional de Copiapó o el centro de salud que resulte pertinente. Remítase los antecedentes al Ministerio Público, para los fines a que haya lugar, en razón de la investigación ya iniciada por dicho órgano, referida a los hechos denunciados en autos. Redacción de la Ministra señora Aída Osses Herrera. Regístrese; y comuníquese al recurrente y a la autoridad recurrida, por la vía más expedita, y al amparado a través de Gendarmería de Chile. Archívese, en su oportunidad. N° Amparo-126-2021. En Copiapó, a dos de agosto de dos mil veintiuno, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
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C.A. de Copiapó. Copiapó, dos de agosto de dos mil veintiuno. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1°) Con fecha 28 de julio pasado comparece don Omar Saavedra Palacios e interpone acción constitucional de amparo en favor de su hijo, don Brian Omar Saavedra Verasay, actualmente privado de libertad en el Centro de Cumplimiento Penitenciario de Copiapó. Al efecto refiere que cinco funcionarios de Gendarmería qu
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