SIN INFORMACION

MATÍAS PAVEZ TAPIA/ANNAIS SCHMIDT FERNÁNDEZ

Rol

Fecha

2 de agosto de 2021

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA CON COSTAS

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Hechos

VISTOS: La comparecencia de Matías Ignacio Pavez Tapia, con domicilio en calle Amanecer N°554, Condominio Tacora, quien interpuso recurso de protección en contra de Annais Antonia Schmidt Fernández, solicitando que se restablezca el imperio del derecho, con costas. Se prescindió del informe de la recurrida, atendida su rebeldía. Puesta la causa en estado, se trajeron los autos para dictar sentencia. CON LO RELACIONADO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que la acción se fundó en el actuar ilegal y arbitrario de la recurrida, consistente en realizar publicaciones en contra del actor a través de la red social Instagram, en las cuales se le sindica como mitómano, manipulador, abusador y controlador, y se comparten datos privados como su nombre, ciudad y universidad. Lo anterior, vulnerando la garantía contenida en el artículo 19 N° 4 de la Constitución Política de la República, además de su desarrollo psíquico. SEGUNDO: Que con fecha 29 de julio del presente, se hizo efectivo el apercibimiento previamente decretado, prescindiéndose del informe de la parte recurrida. TERCERO: Que de conformidad a lo establecido en el inciso primero del artículo 20 de la Constitución Política de la República, el recurso de protección de garantías constitucionales constituye jurídicamente una acción de naturaleza cautelar, destinada a amparar el legítimo ejercicio de las garantías y derechos preexistentes que en esa misma disposición se enumeran, mediante la adopción de medidas de resguardo que se deben tomar ante un acto arbitrario o ilegal que impida, amague o moleste ese ejercicio. CUARTO: Que el recurso de protección, como acción cautelar de urgencia, carece de las garantías procesales de un juicio declarativo de lato conocimiento, razón por la que sólo ampara derechos no controvertidos o indubitados. En este sentido, un acto u omisión es arbitrario cuando carece de razonabilidad, de fundamentación suficiente, de sustentación lógica, es decir, cuando no existe razón que lo fundamente y quien actúa lo hace por mero capricho. El acto u omisión será ilegal cuando no reúne los requisitos legales, es contrario a derecho o a la ley o no se atiene estrictamente a la normativa legal vigente. QUINTO: Que la cuestión planteada por el recurrente dice relación exclusivamente con el derecho a la honra, el que habría sido vulnerado por la recurrida mediante publicaciones en las redes sociales, en la que se le comparte una conversación entre las partes y se le alude de “mitómano, abusador, manipulador y controlador”. SEXTO: Que con las publicaciones, según el recurrente le afectan su honra, protegida para brindarle amparo en el respeto a la garantía constitucional consagrada en el N°4 del artículo 19 de la Carta Fundamental. Según consta del mérito de la documentación acompañada, fueron realizadas a través de la red social Instagram. Así, atendida la vía en la que fueron compartidas y vistas por terceras personas, afectando con ello la reputación del recurrente y la consideración que terceros puedan tener o formarse de él, resultan lesivas a la garantía constitucional invocada cuya protección se pide. SÉPTIMO: Que resultando efectiva la ocurrencia del hecho que motivó el recurso y habiéndose estimado lesiva la conducta, deben adoptarse medidas en el marco de esta acción cautelar, para reestablecer el imperio del derecho, acogiéndose la acción deducida, mediante la decisión de eliminar toda publicació

Fallo

Por estas consideraciones y de acuerdo además, con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, SE ACOGE con costas, el recurso deducido por Matías Ignacio Pavez Tapia en contra de Annais Antonia Schmidt Fernández, y se le ordena eliminar toda publicación en que se aluda al recurrente y abstenerse de incurrir en conductas similares por cualquier medio de comunicación social. Se regula en medio (1/2) ingreso mínimo mensual incrementado para efectos remuneracionales las costas personales causadas en esta instancia. Regístrese y comuníquese. Rol 2716 - 2021 (PROT)

Texto Completo (Preview)

Antofagasta, a dos de agosto de dos mil veintiuno VISTOS: La comparecencia de Matías Ignacio Pavez Tapia, con domicilio en calle Amanecer N°554, Condominio Tacora, quien interpuso recurso de protección en contra de Annais Antonia Schmidt Fernández, solicitando que se restablezca el imperio del derecho, con costas. Se prescindió del informe de la recurrida, atendida su rebeldía. Puesta la causa e

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