AGUILAR/RIVERO
Rol
Fecha
2 de agosto de 2021
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que deduce acción constitucional de protección doña Marisol Alejandra Aguilar Bravo, dirigida en contra de la Universidad de Santiago de Chile, representada por don Juan Zolezzi Cid; del Centro de Referencia de Salud Dr. Salvador Allende Gossens, representado por don Ernesto Núñez Bornand; doña Ana Leonor Vergara Moya; y don Esteban Alejandro Rivero Aranda, por actos que califica como arbitrarios e ilegales consistentes en humillaciones y denostaciones sufridas por la actora, en el contexto de su práctica profesional. Expone que en 2015 ingresó a la Universidad Iberoamericana de Ciencias y Tecnología, a la carrera de enfermería, la cual tenía una duración de 5 años, incluido el proceso de práctica profesional, añadiendo que en el año 2017, debido a una crisis financiera el Ministerio de Educación anunció el cierre programado de la Universidad, motivo por el cual se celebró un contrato con la Universidad de Santiago de Chile, para terminar los estudios de los alumnos, incluida la actora. En dicho contexto, comenzó su internado o práctica profesional el 13 de octubre de 2020, el cual debía realizar en el área intrahospitalaria, en el servicio de pabellón, en el CRS Salvador Allende, práctica que estuvo a cargo de una docente guía, asignada por parte de la Universidad, doña Ana Leonor Vergara Moya y doña Claudia Cecilia Abarca Flores, enfermeras encargadas del servicio clínico, las cuales además eran las encargadas de supervisar y posteriormente evaluar la práctica profesional. Refiere que en el desempeño de sus labores ocurrió un incidente con uno de los enfermeros que trabaja en el servicio, el recurrido Esteban Alejandro Rivero Aranda, quien le solicitó a la actora llamar la atención de un TENS, negándose ésta a hacerlo, para luego el recurrido burlarse de ella, ridiculizándola frente al personal. Luego el día martes 15 de diciembre de 2020, refiere que se presentó a evaluarla la profesora Ana Vergara, quienes en conjunto con
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de las Garantías Constitucionales, se rechaza el recurso deducido por doña Marisol Aguilar Bravo en contra de la Universidad de Santiago de Chile, representada por don Juan Zolezzi Cid; del Centro de Referencia de Salud Dr. Salvador Allende Gossens, representado por don Ernesto Núñez Bornand; de Ana Vergara Moya; y de Esteban Rivero Aranda, sin costas. Regístrese, comuníquese y archívese. N°Protección-315-2021.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, dos de agosto de dos mil veintiuno. A los folios 24, 25, 26 y 27: A todo, téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que deduce acción constitucional de protección doña Marisol Alejandra Aguilar Bravo, dirigida en contra de la Universidad de Santiago de Chile, representada por don Juan Zolezzi Cid; del Centro de Referencia de Salud Dr. Salvador Allende Goss
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