SIN INFORMACION

/CORTE DE APELACIONES DE ARICA COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL

Rol

Fecha

31 de julio de 2021

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, la Defensora Penal Pública Penitenciaria, doña Alejandra Aguirre Droguett, en representación de la condenada CAROLINA JOCELYN PORRAS URIBE, cédula nacional de identidad N° 15.006.264-0, actualmente privada de libertad en el Centro Penitenciario de Arica, dedujo recurso de amparo en contra de la resolución de quince de abril de dos mil veintiuno, dictada por la Comisión de Libertad Condicional de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Arica, que rechazó su postulación al beneficio de libertad condicional. Indica que la amparada cumple todos los requisitos para acceder a dicho beneficio, sin embargo éste le fue negado. El fundamento de la Comisión se encuentra en el considerado quinto, que refiere “Que, en mérito de lo señalado, y el hecho de no haber demostrado avances en su proceso de reinserción social.”. A juicio del recurrente, la amparada cumple el tiempo mínimo, tiene una conducta intachable en los últimos cuatro bimestres, aprendió un oficio y se sometió a intervención psicosocial. Menciona que lo anterior, no es ningún caso un fundamento plausible para el rechazo al beneficio de libertad condicional, por cuanto, el Decreto Ley N° 321 señala en su artículo 5°.- “Será facultad de la Comisión de Libertad Condicional conceder, rechazar y revocar, en su caso, el beneficio, mediante resolución fundada. La Comisión deberá constatar el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 2°, y de los artículos 3°, 3° bis y 3° ter, según sea el caso, para lo cual se tendrán a la vista los antecedentes emanados de Gendarmería de Chile, y todos los demás que la Comisión considere necesarios para mejor resolver.”. Expone que los fundamentos a los cuales hace referencia la comisión para rechazar la postulación a la libertad condicional de la amparada, son arbitrarios, al omitir los avances que ha presentado en su reclusión. Agrega, que la interna se desempeña desde más de un año en taller de costura, confecciona pijamas, cortinas, manteles etc. Agrega que se encuentra cursando primer y segundo año de enseñanza media y tiene el 75% de su plan de intervención cumplido. Cita al efecto el

Fallo

fallo Rol Nº12.260-2019, de la Excma. Corte Suprema y Rol Nº 684-2019 de la I. Corte de Apelaciones de Santiago. Por lo anterior, pide que se adopten todas las medidas necesarias para restablecer el imperio del derecho, y asegurar la debida protección del amparado, disponiendo que se deje sin efecto la resolución que rechazó la concesión del beneficio impetrado y en su lugar se decrete que se concede aquél. SEGUNDO: Evacuando el informe solicitado por esta Corte, el Presidente de la Comisión de Libertad Condicional, don José Delgado Ahumada, señaló que efectivamente fue denegada por unanimidad la postulación a la libertad condicional de la amparada, por no haber demostrado avances en su proceso de reinserción social, y del mérito del informe de Gendarmería de Chile, se advirtió que posee, un alto nivel de reincidencia, problemas de adherencia, deficiente resolución de conflictos, deficiente manejo de ira y bajo rendimiento además de encontrarse inserta en un ambiente criminológicos y si bien indica que no volvería a cometer delito presenta dificultades para responsabilizarse de sus actos y si bien ha presentado algunos avances dentro de su plan de intervención aún necesita desarrollar otras temáticas que tienen que ver con la impulsividad, empatía y control de ira. Refiere que la decisión de la Comisión fue unánime, se ponderaron diversos factores plasmados en el informe psicosocial de la condenada, que dicen relación, principalmente, con la inexistencia de avances en la e

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Arica, treinta y uno de julio de dos mil veintiuno. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, la Defensora Penal Pública Penitenciaria, doña Alejandra Aguirre Droguett, en representación de la condenada CAROLINA JOCELYN PORRAS URIBE, cédula nacional de identidad N° 15.006.264-0, actualmente privada de libertad en el Centro Penitenciario de Arica, dedujo recurso de amparo en contra de la resolución de q

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