SIN INFORMACION

/CORTE DE APELACIONES DE ARICA COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL

Rol

Fecha

31 de julio de 2021

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, la Defensora Penal Pública Penitenciaria, doña Alejandra Aguirre Droguett, en representación del condenado Víctor Manuel Muñoz Vásquez, cédula nacional de identidad N° 16.565518-4, actualmente privado de libertad en el Centro Penitenciario de Arica, dedujo recurso de amparo en contra de la resolución de quince de abril de dos mil veintiuno, dictada por la Comisión de Libertad Condicional de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Arica, que rechazó su postulación al beneficio de libertad condicional. Indica que el amparado cumple todos los requisitos para acceder a dicho beneficio, sin embargo éste le fue negado. El fundamento de la Comisión se encuentra en el considerado quinto, que refiere “Que, en mérito de lo señalado, y el hecho de no haber demostrado avances en su proceso de reinserción social.”. A juicio del recurrente, el amparado cumple el tiempo mínimo, tiene una conducta intachable en los últimos cuatro bimestres, aprendió un oficio y se sometió a intervención psicosocial. Menciona que lo anterior, no es ningún caso un fundamento plausible para el rechazo al beneficio de libertad condicional, por cuanto, el Decreto Ley N° 321 señala en su artículo 5°.- “Será facultad de la Comisión de Libertad Condicional conceder, rechazar y revocar, en su caso, el beneficio, mediante resolución fundada. La Comisión deberá constatar el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 2°, y de los artículos 3°, 3° bis y 3° ter, según sea el caso, para lo cual se tendrán a la vista los antecedentes emanados de Gendarmería de Chile, y todos los demás que la Comisión considere necesarios para mejor resolver.”. Expone que los fundamentos a los cuales hace referencia la comisión para rechazar la postulación a la libertad condicional del amparado, son arbitrarios, al omitir los avances que ha presentado en su reclusión. Agrega, que el interno se desempeñó en taller de madera, fabricando muebles espejos y decoraciones. Agrega que completó su enseñanza media y rindió la Prueba de Selección Universitaria. Cita al efecto el

Fallo

fallo Rol Nº12260-2019, de la Excma. Corte Suprema y Rol Nº 684-2019 de la I. Corte de Apelaciones de Santiago. Por lo anterior, pide que se adopten todas las medidas necesarias para restablecer el imperio del derecho, y asegurar la debida protección del amparado, disponiendo que se deje sin efecto la resolución que rechazó la concesión del beneficio impetrado y en su lugar se decrete que se concede aquél. SEGUNDO: Evacuando el informe solicitado por esta Corte, el Presidente de la Comisión de Libertad Condicional, don José Delgado Ahumada, señaló que efectivamente fue denegada por unanimidad la postulación a la libertad condicional del amparado, por no haber demostrado avances en su proceso de reinserción social, y del mérito del informe de Gendarmería de Chile, se advirtió que el amparado presenta medio riesgo de reincidencia, no presenta conciencia del delito y que no manifiesta rechazo explícito a los delitos cometidos. Refiere que la decisión de la Comisión fue unánime, se ponderaron diversos factores plasmados en el informe psicosocial del condenado, que dicen relación, principalmente, con la inexistencia de avances en la ejecución de su plan de intervención individual, y además, en las expectativas que se generan en su persona respecto de una reinserción adecuada a la sociedad, una vez que se haya recuperado la libertad. TERCERO: Que, la acción de amparo, prevista en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, tiene por objeto proteger a las persona

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Arica, treinta y uno de julio de dos mil veintiuno. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, la Defensora Penal Pública Penitenciaria, doña Alejandra Aguirre Droguett, en representación del condenado Víctor Manuel Muñoz Vásquez, cédula nacional de identidad N° 16.565518-4, actualmente privado de libertad en el Centro Penitenciario de Arica, dedujo recurso de amparo en contra de la resolución de quince

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