JUZGADO DE GARANTIA DE SAN BERNARDO

MP.C/ FRANCISCO JAVIER MOLINA DONOSO.

Rol

Fecha

29 de julio de 2021

Materia

FEMICIDIO INTIMO ART. 390 BIS

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos y oídos: Que del mérito de los antecedentes expuestos en la audiencia, se estima que la necesidad de cautela y los fines del procedimiento se satisfacen con otras medidas cautelares de menor intensidad que la prisión preventiva, como aquellas que se indicarán. Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 140, 352 y siguientes del Código Procesal Penal y de conformidad, además con lo dispuesto en los artículos 1°, 5°, 7° y 9° de la Ley 20.066 de Violencia Intrafamiliar, se revoca la resolución apelada dictada en audiencia de veintidós de julio del actual, en los autos RIT: 8786-2021 del Juzgado de Garantía de San Bernardo y, se declara que se imponen a Francisco Javier Molina Donoso, la medidas contempladas en las letras a) y b) del artículo 9 de la referida ley, esto es, la obligación de abandonar el ofensor el hogar que comparte con la víctima y la prohibición de acercarse a ésta, a su domicilio, lugar de trabajo o de estudio o donde ella se encuentre con una distancia no menor a 200 metros; y la prevista en la letra a) del artículo 155 del Código Procesal Penal, esto es, arresto domicilio nocturno entre las 22:00 y las 06:00 horas. Para tales efectos el imputado deberá fijar un domicilio distinto al de la víctima, según lo indicado por su defensor en esta audiencia. El tribunal a quo dispondrá lo pertinente para cumplir lo resuelto. Acordada contra el voto de la ministro señora Espina, quien fue del parecer de confirmar la resolución en alzada, compartiendo los

Fundamentos

fundamentos vertidos por el tribunal a quo. Comuníquese y devuélvase vía interconexión. N° 2160 -2021 Penal Pronunciado por la Tercera Sala integrada por la ministra señora María Soledad Espina Otero, ministro (s) señor Marcelo Ovalle Bazán y la fiscal judicial señora Carla Troncoso Bustamante. CERTIFICO: Que presenció la audiencia y vista de la presente causa la Fiscal Judicial Sra. Troncoso quien concurrió al anterior pronunciamiento no siendo posible estampar su firma por no encontrarse operativo el dispositivo de firma electrónica avanzada. Mauricio Vergara Toro, relator.

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 140, 352 y siguientes del Código Procesal Penal y de conformidad, además con lo dispuesto en los artículos 1°, 5°, 7° y 9° de la Ley 20.066 de Violencia Intrafamiliar, se revoca la resolución apelada dictada en audiencia de veintidós de julio del actual, en los autos RIT: 8786-2021 del Juzgado de Garantía de San Bernardo y, se declara que se imponen a Francisco Javier Molina Donoso, la medidas contempladas en las letras a) y b) del artículo 9 de la referida ley, esto es, la obligación de abandonar el ofensor el hogar que comparte con la víctima y la prohibición de acercarse a ésta, a su domicilio, lugar de trabajo o de estudio o donde ella se encuentre con una distancia no menor a 200 metros; y la prevista en la letra a) del artículo 155 del Código Procesal Penal, esto es, arresto domicilio nocturno entre las 22:00 y las 06:00 horas. Para tales efectos el imputado deberá fijar un domicilio distinto al de la víctima, según lo indicado por su defensor en esta audiencia. El tribunal a quo dispondrá lo pertinente para cumplir lo resuelto. Acordada contra el voto de la ministro señora Espina, quien fue del parecer de confirmar la resolución en alzada, compartiendo los fundamentos vertidos por el tribunal a quo. Comuníquese y devuélvase vía interconexión. N° 2160 -2021 Penal Pronunciado por la Tercera Sala integrada por la ministra señora María Soledad Espina Otero, ministro (s) señor Marcelo Ovalle Bazán y

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Fecha: a veintinueve de julio de dos mil veintiuno. Sala: Tercera Zoom Rol Corte: 2160-2021 RIT: 8786-2021 Ruc: 2100667920-7 Tribunal: Juzgado de Garantía de San Bernardo Relator (a): Mauricio Vergara Toro Abogado asesor: Lucas Vargas Vial Defensor público: José Mauricio Quiroga Robles Hora Inicio: 9.40 Hora de Término: 9.59 Imputado: Francisco Javier Molina Donoso Tipo de Recurso: Apelación caute

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