/INTENDENCIA ARICA Y PARINACOTA
Rol
Fecha
28 de julio de 2021
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTO: Comparecen Bastián Hernández Naranjo, abogado, en favor de Kleider Hildemaro Núñez Echenique, documento de identidad Nº 29.518.735 y Kender Aldemaro Núñez Echenique, documento de identidad Nº 26.738.488, ambos de nacionalidad venezolana, y recurre de amparo en contra de la Intendencia Regional de Arica y Parinacota, la que ha decretado la expulsión del territorio nacional de los amparados, constituyendo dichas actuaciones una grave vulneración a su derecho a la libertad personal, consagrado en el artículo 19 N° 7, letras a) y b) de la Constitución Política de la República. Refiere que Kleider Núñez y Kender Núñez, ambos hermanos, viajaron a Chile debido a la crisis económica, social y política que es de público conocimiento que vive su país de origen. Agrega que Kender tiene una hija de 7 meses, de nacionalidad chilena llamada Dashly Adriannys Núñez Suarez, cédula de identidad N° 27.434.287-0. Además, señala que los amparados tienen la intención de ser un aporte a la sociedad, no representan una carga para el Estado y ambos se esfuerzan por trabajar dignamente y solventarse mutuamente. Sostiene que los actos administrativos por los que se expulsa a los amparados son ilegales y arbitrarios, puesto que la Ley de Extranjería sólo autoriza la expulsión de los extranjeros que han hecho ingreso al territorio nacional por un paso no habilitado una vez que éstos hayan cumplido la condena impuesta por un tribunal competente respecto del delito contemplado en el artículo 69 de dicho cuerpo legal, lo que no ha ocurrido en el caso de ninguno de los amparados, de manera que sus expulsiones son ilegales. Señalan que la Intendencia recurrida, antes de aplicar la sanción migratoria de la expulsión, no sometió el caso de ninguno de los amparados a una investigación o un proceso penal previo legalmente tramitado como se exige en el caso de las personas a quienes se les imputan delitos, lo que permite además calificar a las actuaciones de la Administración de inconstitucional
Fallo
se declara: I. Que SE RECHAZA el recurso de amparo deducido en favor de Kleider Hildemaro Núñez Echenique y Kender Aldemaro Núñez Echenique. II. Que se deja sin efecto la orden de no innovar decretada. Comuníquese lo resuelto a la Intendencia recurrida y al Departamento de Extranjería de la Policía de Investigaciones de Chile en forma inmediata, por la vía que corresponda. Regístrese, notifíquese y archívese, si no se apelare. Rol 311-2021 Amparo.
Texto Completo (Preview)
Arica, veintiocho de julio de dos mil veintiuno. VISTO: Comparecen Bastián Hernández Naranjo, abogado, en favor de Kleider Hildemaro Núñez Echenique, documento de identidad Nº 29.518.735 y Kender Aldemaro Núñez Echenique, documento de identidad Nº 26.738.488, ambos de nacionalidad venezolana, y recurre de amparo en contra de la Intendencia Regional de Arica y Parinacota, la que ha decretado la ex
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