15º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

DIEZ/TROCHE

Rol

Fecha

20 de agosto de 2021

Materia

HONORARIOS, COBRO DE (EN JUICIO)

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos y teniendo presente: 1°.- Que, El artículo 686 del Código de Procedimiento Civil señala que la prueba en el procedimiento sumario, cuando haya lugar a ella, se rendirá en el plazo y en la forma establecida para los incidentes. 2°.- Que, conforme lo dispone el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil, las resoluciones que se pronuncien con ocasión de recibirse un incidente a prueba, son inapelables, siendo ésta una norma de carácter especial que prima por sobre la disposición del artículo 319 del Código de Procedimiento Civil, razón por la cual se declara inadmisible el recurso de apelación deducido en subsidio por el demandado el seis de julio de dos mil veintiuno, en contra de la resolución de seis de mayo del mismo año. Regístrese y devuélvase. N°Civil-6359-2021.

Fallo

se declara inadmisible el recurso de apelación deducido en subsidio por el demandado el seis de julio de dos mil veintiuno, en contra de la resolución de seis de mayo del mismo año. Regístrese y devuélvase. N°Civil-6359-2021.

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C.A. de Santiago Santiago, veinte de agosto de dos mil veintiuno (paus). Al folio N°3: estese a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: 1°.- Que, El artículo 686 del Código de Procedimiento Civil señala que la prueba en el procedimiento sumario, cuando haya lugar a ella, se rendirá en el plazo y en la forma establecida para los incidentes. 2°.- Que, conforme lo dispone el artículo 90 del

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