FARIDE LONDOÑO MELO/ INTENDENCIA REGIONAL DE ANTOFAGASTA
Rol
Fecha
28 de julio de 2021
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
VISTO: La comparecencia de FARIDE LONDOÑO MELO, de nacionalidad Colombiana, trabajadora en comida rápida, con domicilio en calle Cancha Rayada Bolivia N° 2672, de la ciudad de Calama, quien interpuso recurso de amparo en contra de la Intendencia Regional de Antofagasta, con domicilio en Avenida Arturo Prat N° 384, Antofagasta, para que se deje sin efecto la resolución exenta que decretó su expulsión del territorio nacional. Informó la recurrida, solicitando el rechazo de la acción. Puesta en estado, se han traído los autos para dictar sentencia. CON LO RELACIONADO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, la recurrente interpuso acción constitucional de amparo en su favor en contra del señor Intendente de la Región de Antofagasta, Sr., Rodrigo Saavedra, por haber dictado orden que amenaza los derechos a la libertad personal y seguridad individual consagrados en el artículo 19 Nº 7 letra a) de la C.P.R, así como lo establecido en instrumentos internacionales de derechos humanos ratificados y vigentes en Chile, en especial, en la Convención Americana de Derechos Humanos artículos 7 y 22. Señala que el día 08 de Marzo de 2012, ingresó de manera ilegal al país. Lo anterior para buscar un mejor futuro, libre de violencia, delitos y escases de trabajos que rodeaban el entorno en su país de origen. Lo anterior por cuanto, para ingresar como turista contaba con muy poco dinero que acreditara su estancia. Cuando ingresó al país, consiguió inmediatamente un trabajo en el ámbito de la comida rápida, labor que ha mantenido siempre en el tiempo, con muy pocos intervalos desempleada. No obstante, su situación irregular en el país. En el año 2013, concurrió voluntariamente hasta la Policía de Investigaciones de la ciudad de Calama para autodenunciar su condición irregular en el país, con lo cual comenzó a firmar en dicha institución. A raíz de lo anterior, en el año 2014 decretaron su expulsión de Chile, manteniéndose trabajando, sin que se hiciera efectiva dicha orden. En el intertanto, comenzó una relación sentimental y de convivencia, de la cual, con fecha 19 de Mayo de 2015, nació en Calama su hijo JEAN POOL AGUDELO LONDOÑO, de actuales 06 años de edad, quien concurre al jardín infantil. Asimismo, con fecha 23 de diciembre de 2016, nació su segundo hijo de nombre ALAN MAURICIO AGUDELO LONDOÑO, quien lamentablemente el día 18 de Febrero de 2017, falleció en un accidente de tránsito y fue sepultado en el cementerio Parques del Recuerdo de Calama. Hasta la fecha, es costumbre familiar ir a visitarlo y dejarle flores todas las semanas a su tumba. En el año 2017 intentó acogerse a la resolución de amnistía para extranjeros, pero fue rechazada por su ingreso ilegal a Chile. Tanto ella como el padre de sus hijos trabajan y ambos ingresos constituyen el pilar de su familia. Desde la fecha indicada, en encuentra ilegal en el país, pero mantiene una vida actualmente en Chile, con vínculos familiares, esposo, un hijo y, en el cementerio su segundo hijo. Lleva más de 9 años en Chile, por lo cual posee un arraigo social y de trabajo aunque sea de manera informal, dado que por su situación migratoria irregular, no puede suscribir contratos como empleada ni emitir boletas de honorarios. Por lo anterior, solicita acoger el recurso de amparo y se declare la ilegalidad de la actuación de la Intendencia Regional de Antofagasta, consistente en haberla expulsado del país, sin derecho a defenderse, infringiendo así, las normas constitucionales relativas al debido proceso y no haber permitido regularizar su situación, como extranjera, conforme a l
Fallo
Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema del 19 de diciembre de 1932, sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Amparo SE DECLARA: Que SE ACOGE, el recurso de amparo deducido por doña FARIDE LONDOÑO MELO, en contra de Intendencia Regional de Antofagasta, solo en cuanto se deja sin efecto el decreto de expulsión ordenado por Resolución Exenta N° 176 de fecha 10 de noviembre de 2017 de la Intendencia Regional de Antofagasta. Comuníquese, regístrese y archívese en su oportunidad. Rol 357-2021 (AMPARO)
Texto Completo (Preview)
Antofagasta, veintiocho de julio de dos mil veintiuno. VISTO: La comparecencia de FARIDE LONDOÑO MELO, de nacionalidad Colombiana, trabajadora en comida rápida, con domicilio en calle Cancha Rayada Bolivia N° 2672, de la ciudad de Calama, quien interpuso recurso de amparo en contra de la Intendencia Regional de Antofagasta, con domicilio en Avenida Arturo Prat N° 384, Antofagasta, para que se dej
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