MONTOYA / ISAPRE CRUZ BLANCA S.A.
Rol
Fecha
28 de julio de 2021
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos Que, a folio 1 comparece Laura Montoya Carosio, empleada, domiciliada para estos efectos en Artillería 71, departamento 203, Valparaíso, quien recurre de protección en contra de Isapre Cruz Blanca. Sostiene en su recurso que con fecha 29 de abril de 2021 requirió atención pediátrica para su hija y al pagar el bono de consulta se le indica que la niña no aparece como beneficiaria en el sistema. Producto de lo anterior debió pagar la consulta en forma particular. Lo importante del hecho es que mediante comunicación telefónica, se le informó que su hija Valentina no aparecía como beneficiaria debido a que la titular recurrió de protección por el cobro excesivo, aplicando tabla de factores, ante la incorporación de su hija al plan de salud. Señala que en certificado de beneficiarios no aparece su hija, sino una NN sin individualizar. Expone que la situación afecta sus garantías constitucionales contenidas en los numeral 2, 9 y 24 de la Carta Fundamental y solicita por tanto se ordene a la Isapre recurrida la reincorporación de su hija Valentina como beneficiaria de manera inmediata. Adjunta a su presentación, en lo relevante, copia de certificado de beneficiarios que registra una persona sin individualizar. Asimismo adjunta copia del pago de atención particular y posterior reembolso. Por último, adjunta copia de la sentencia en recurso de protección acogido por cobro indebido a propósito de la incorporación de nueva carga. Que, a folio 18, evacua informe la Isapre Cruz Blanca quien solicita el rechazo del recurso. Sostiene que los hechos en que se funda la reclamación proteccional no son efectivos ya que la niña Valentina Gutiérrez Montoya es carga a partir del 26 de agosto de 2020, momento en que se extiende el correspondiente FUN por la solicitud de incorporación de la misma. Asegura que la Isapre nunca ha eliminado a la beneficiaria, encontrándose vigente su afiliación desde la solicitud ya indicada. Adjunta a su presentación, en lo relevante, copia del
Fundamentos
considerando: Primero: Que, según se desprende de los antecedentes, el recurso de protección se funda en la supuesta eliminación de la hija de la recurrente como beneficiaria de su plan de salud, solicitando su inmediata reincorporación a su plan. Segundo: Que según dio cuenta la institución de salud recurrida en su informe, la hija de la recurrente es actualmente beneficiaria de su plan de salud, tal y como consta en el certificado adjunto. Señaló además que, en ningún momento ha dejado de ser beneficiaria del plan a partir de agosto de 2020. Tercero: Que, en tal orden de ideas resulta evidente que el presente arbitrio ha perdido oportunidad por cuanto la supuesta eliminación reclamada, aun cuando no ha sido reconocida por la recurrida, en cualquier caso ha cesado, encontrándose actualmente como beneficiaria del plan la niña Valentina Gutiérrez Montoya. Lo expuesto fuerza el rechazo del recurso.
Fallo
por tanto se ordene a la Isapre recurrida la reincorporación de su hija Valentina como beneficiaria de manera inmediata. Adjunta a su presentación, en lo relevante, copia de certificado de beneficiarios que registra una persona sin individualizar. Asimismo adjunta copia del pago de atención particular y posterior reembolso. Por último, adjunta copia de la sentencia en recurso de protección acogido por cobro indebido a propósito de la incorporación de nueva carga. Que, a folio 18, evacua informe la Isapre Cruz Blanca quien solicita el rechazo del recurso. Sostiene que los hechos en que se funda la reclamación proteccional no son efectivos ya que la niña Valentina Gutiérrez Montoya es carga a partir del 26 de agosto de 2020, momento en que se extiende el correspondiente FUN por la solicitud de incorporación de la misma. Asegura que la Isapre nunca ha eliminado a la beneficiaria, encontrándose vigente su afiliación desde la solicitud ya indicada. Adjunta a su presentación, en lo relevante, copia del FUN de incorporación de carga y de afiliación de beneficiarios. Con dichos antecedentes, a folio 19, se trajeron los autos en relación. Con lo relacionado y considerando: Primero: Que, según se desprende de los antecedentes, el recurso de protección se funda en la supuesta eliminación de la hija de la recurrente como beneficiaria de su plan de salud, solicitando su inmediata reincorporación a su plan. Segundo: Que según dio cuenta la institución de salud recurrida en su informe,
Texto Completo (Preview)
edp C.A. de Valparaíso Valparaíso, veintiocho de julio de dos mil veintiuno. Vistos Que, a folio 1 comparece Laura Montoya Carosio, empleada, domiciliada para estos efectos en Artillería 71, departamento 203, Valparaíso, quien recurre de protección en contra de Isapre Cruz Blanca. Sostiene en su recurso que con fecha 29 de abril de 2021 requirió atención pediátrica para su hija y al pagar el bono
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica