JUZGADO DE GARANTIA DE LA LIGUA

MP C/ ABELARDO ANTONIO VENENCIANO GONZÁLEZ Y OTRO

Rol

Fecha

28 de julio de 2021

Materia

TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.

Resultado

CONFIRMADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en estrados, en virtud de sus propios

Fundamentos

fundamentos y lo previsto en el artículo 149 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de veinte de julio de dos mil veintiuno, dictada por el Juzgado de Garantía de La Ligua, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva de ABELARDO ANTONIO VENENCIANO GONZÁLEZ y BERNARDO EUGENIO VENENCIANO GONZÁLEZ, imputados por los delitos de tráfico ilícitos de drogas, previsto en el artículo 3 de la Ley N°20.000 y tenencia de arma de fuego. Comuníquese y devuélvase. RUC N° 2100298329-7 N°Penal-1650-2021.

Texto Completo (Preview)

Edp C.A. de Valparaíso ACTA DE AUDIENCIA En Valparaíso, a veintiocho de julio de dos mil veintiuno, se da inicio a esta audiencia a las 09:11 horas, ante la Quinta Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones, presidida por el Ministro Sr. Patricio Martínez Sandoval e integrada por los Ministros Sr. Álvaro Carrasco Labra y Sra. Carolina Figueroa Chandía y actuando como Ministro de fe el Relator Sr. Serg

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