MAUREIRA/BANCO DE CHILE
Rol
Fecha
27 de julio de 2021
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que el abogado, don Felipe Andrés Bravo Alliende, dedujo recurso de protección en representación de doña Nora Luisa Maureira Martínez, en contra del Banco de Chile, denunciando la afectación ilegal y arbitraria de los derechos tutelados en los numerales 1º, 2º y 24º del artículo 19 de la Constitución Política de la República, consistente en la negativa injustificada de enterarle la suma de $18.000.000.- correspondientes al depósito y vale vista endosable de su propiedad N°016399-7, comunicada el 27 de mayo del año en curso, señalando que en dicha data, concurrió a la sucursal de Puente Alto del Banco recurrido, oportunidad en que se adujo la inexistencia del respectivo documento bancario, bien por caducidad, o bien, por el cobro de un tercero, circunstancias que ignora al no brindársele información suficiente alguna. Hace presente la titularidad del mencionado documento bancario, pues se emitió el 22 de marzo de 2016 tras la venta de un inmueble cuya propiedad ostentaba junto a su cónyuge fallecido durante el 2015. Explica su decisión de guardarlo sin cobrarlo por la seguridad, confianza y liquidez inherentes a un depósito bancario a fin de enfrentar cualquier vicisitud financiera. Advierte, sin embargo, que por la alerta periodística acerca de la existencia de fraude en los cobros de vales vista, acudió a la referida sucursal bancaria donde se le comunicó la denegación reprochada. Asevera sufrir merma, tanto personal cuanto patrimonial, atendidos sus 74 años y la escasez de recursos económicos que presentaría. En razón de lo anterior e invocando además de las normas fundamentales pertinentes, la normativa contenida en los capítulos 2-6 y 2-13 de la Recopilación Actualizada de Normas de la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras y los artículos 40, 60 y 156 de la Ley General de Bancos, solicita se acoja el presente arbitrio, y se ordene a la recurrida proceder al pago del vale vista materia de autos. Segundo: Qu
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San Miguel, veintisiete de julio de dos mil veintiuno. Vistos y teniendo presente: Primero: Que el abogado, don Felipe Andrés Bravo Alliende, dedujo recurso de protección en representación de doña Nora Luisa Maureira Martínez, en contra del Banco de Chile, denunciando la afectación ilegal y arbitraria de los derechos tutelados en los numerales 1º, 2º y 24º del artículo 19 de la Constitución Polít
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