MINISTERIO PUBLICO C/ GUSTAVO ALONSO SALDIAS SALDIAS
Rol
Fecha
26 de julio de 2021
Materia
TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes y compartiéndose los
Fundamentos
fundamentos expresados por el señor Juez a quo, en cuanto tuvo por acreditadas las letras a), b) y c) del artículo 140 del Código Procesal Penal y teniendo presente por los demás que atendido los fines del procedimiento la medida cautelar decretada es la única que permite satisfacer la necesidad de cautela solicitada por el ente persecutor y visto además lo dispuesto en los artículos 122, 149 y 358 y siguientes del citado Código, SE CONFIRMA la resolución apelada, dictada en audiencia de diecisiete de julio último, por el Juez del Juzgado de Letras y Garantía de Chañaral don Rodrigo Retamal Zapata, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva de los imputados HENRY GALLARDO GALLARDO, RENÁN ESTRADA CARO Y GUSTAVO SALDÍAS SALDÍAS, por constituir éstos un peligro para la seguridad de la sociedad. Regístrese y devuélvase. Rol Corte: Penal-261-2021
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Fecha: veintiséis de julio de dos mil veintiuno Sala: Primera Rol Corte: Penal-261-2021 Ruc N°: 2110032834-5 Rit N°: O-563-2021 Juzgado: Garantía de Chañaral. C.A. de Copiapó Ministros: Ministro Juan Poblete Méndez, Ministra Aída Osses Herrera y Ministro Interino Rodrigo Cid Mora. Relator: Walter David Pavez Cortés Fiscal: Javier Castro Defensor: Maykol Saavedra Hora inicio: 09:36 Hora de término:
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