M.P. C/ OSIRIS JEREMIAS URIBE LLANCAPAN
Rol
Fecha
23 de julio de 2021
Materia
OBSTRUCCION A LA INVESTIGACION. ART. 269 BIS.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Copiapó, veintitrés de julio de dos mil veintiuno. Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes y compartiendo los
Fundamentos
fundamentos expresados por el señor Juez a quo, en cuanto tuvo por acreditadas las letras a), b) y c) del artículo 140 del Código Procesal Penal y teniendo presente que de conformidad a los fines del procedimiento la medida cautelar decretada es la única que permite satisfacer la necesidad de cautela solicitada por el ente persecutor y visto además lo dispuesto en los artículos 122, 140, 149 y 358 y siguientes del citado Código, SE CONFIRMA la resolución apelada, dictada en audiencia de dieciséis de julio último, por el Juez del Juzgado Letras y Garantía de Caldera, don Salvador Briceño Guevara, que decretó la medida cautelar del imputado OSIRIS URIBE LLANCAPÁN por existir un peligro de fuga. Regístrese y comuníquese. Rol Penal 257-2021
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Fecha: veintitrés de julio de dos mil veintiuno Sala: Primera Rol Corte: Penal-257-2021 Ruc N°: 2000623057-2 Rit N°: O-702-2020 Juzgado: Garantía de Copiapó. C.A. de Copiapó Ministros: el Ministro (S) señor Rodrigo Miguel Cid Mora, el Fiscal Judicial señor Mario Juan Maturana Claro y el Abogado Integrante señor James Cristian Richards Garay Relator: Walter David Pavez Cortés Fiscal: Álvaro Cordova
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