JUZGADO DE GARANTIA DE CASTRO

BLUE SHELL S.A. C/ JURICIC CRESCENCIO BAHAMONDE MAYORGA

Rol

Fecha

22 de julio de 2021

Materia

FALSO TESTIMONIO, PERJURIO O DENUNCIA CALUMNIOSA.ART. 206 A 212.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos: El mérito de los antecedentes, lo expuesto en la audiencia por los intervinientes y teniendo en especial consideración que el ministerio público ha formalizado al imputado dos delitos de falso testimonio, ilícito previsto y sancionado en el artículo 212 del Código Penal, contemplando cada ilícito una pena de presidio menor en sus grados mínimo a medio; por aplicación del inciso tercero artículo 351 del Código Procesal Penal en relación con el artículo 74 del Código Penal; se cumplirían en la especie los requisitos del artículo 237 del Código Procesal Penal, en razón de lo anterior, se confirma en alzada la resolución apelada de fecha veintinueve de junio de dos mil veintiuno, dictada por la Jueza del Juzgado de Garantía de Castro, doña Jésica Yáñez Sanhueza, sin costas. Comuníquese y devuélvase. No firma el Fiscal Judicial Subrogante don Cristian Rojas Collao, no obstante haber concurrido a la vista y acuerdo de la presenta causa, por haber cesado en su cometido. N°Penal-650-2021.

Texto Completo (Preview)

Puerto Montt, veintidós de julio de dos mil veintiuno. Vistos: El mérito de los antecedentes, lo expuesto en la audiencia por los intervinientes y teniendo en especial consideración que el ministerio público ha formalizado al imputado dos delitos de falso testimonio, ilícito previsto y sancionado en el artículo 212 del Código Penal, contemplando cada ilícito una pena de presidio menor en sus grad

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