SIN INFORMACION

PACHECO CONTRA TESORERÍA REGIONAL DE VALPARAÍSO

Rol

Fecha

22 de julio de 2021

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que a folio 1, comparece Iván Rodrigo González Navarrete, abogado, por su representado Elías Esteban Pacheco Flores, en autos administrativos N° 2003-2010, sobre cobro de obligaciones tributarias de dinero seguidos ante la Tesorería Regional de Valparaíso, interponiendo recurso de hecho en contra de la resolución del Tesorero Provincial, en su calidad de Juez Sustanciador, dictada con fecha 14 de junio 2021, a fin que resuelva dar lugar a la tramitación del recurso de apelación interpuesto por su parte con fecha 1 de junio 2021. Refiere que atendida la inactividad del Servicio de Tesorería, formuló incidente de abandono de procedimiento, solicitud que fue rechazada con fecha 24 de mayo 2021. Expresa que ante dicho rechazo, interpuso recurso de apelación con fecha 1 de junio 2021, sin embargo, por resolución de 14 de junio del presente, el recurrido negó lugar a la tramitación del referido, fundado en una serie de argumentos errados. Alega que la procedencia del recurso de apelación en los procedimientos administrativos de cobro de obligaciones tributarias de dinero, regulado en los artículos 168 y siguientes del Código Tributario, se determina por simple aplicación de los artículos del Código de Procedimiento Civil y Código Tributario respectivamente y, por aplicación del artículo 19 N° 3 de la Carta Fundamental. Recalca que el Tesorero, como juez sustanciador, en los actos que ejecuta no son de carácter administrativo, sino que judiciales y en razón de ello, deben aplicarse las normas supletorias que contemplan la apelación, respecto de las sentencias interlocutorias, como aquella que se pronuncia sobre un incidente de abandono del procedimiento. Por lo expuesto, solicita se acoja el presente arbitrio, dando lugar a la tramitación del recurso de apelación interpuesto por su parte con fecha 1 de junio 2021. Segundo: Que a folio 4, evacua informe don Andrés Castillo Gómez, Director Regional Tesorero Valparaíso, indicando que,

Fallo

Por lo expuesto, solicita se acoja el presente arbitrio, dando lugar a la tramitación del recurso de apelación interpuesto por su parte con fecha 1 de junio 2021. Segundo: Que a folio 4, evacua informe don Andrés Castillo Gómez, Director Regional Tesorero Valparaíso, indicando que, de acuerdo a lo señalado reiteradamente por la Corte Suprema, el procedimiento de cobro ejecutivo de las obligaciones tributarias de dinero, contemplado en el Título V del Libro Tercero del Código Tributario- artículos 168 a 199- es un procedimiento de carácter judicial, que consta de dos etapas, la primera ante el Servicio de Tesorería y la segunda ante el juez de letras respectivo. Señala que el juez sustanciador, tiene una competencia bastante limitada y, su función será solamente iniciar el procedimiento mediante la dictación del mandamiento de ejecución y embargo y hacer avanzar el proceso hasta cuando sea necesaria la actuación del abogado del Servicio de Tesorerías o del Juez Civil competente, ya en la segunda fase o etapa. Precisando que sus facultades jurisdiccionales del juez sustanciador están contempladas en el artículo 178 del Código Tributario. Explica que así, debido a las limitaciones que afectan al juez sustanciador, el D.F.L. N° 2, debió otorgar facultades jurisdiccionales a los abogados provinciales del Servicio de Tesorerías. Así, el inciso 3° del artículo 178 señala que en ningún caso podrá pronunciarse el Tesorero sobre un escrito de oposición sino para acogerlo; en los dem

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C.A. de Valparaíso djc Valparaíso, veintidós de julio de dos mil veintiuno. Vistos y teniendo presente: Primero: Que a folio 1, comparece Iván Rodrigo González Navarrete, abogado, por su representado Elías Esteban Pacheco Flores, en autos administrativos N° 2003-2010, sobre cobro de obligaciones tributarias de dinero seguidos ante la Tesorería Regional de Valparaíso, interponiendo recurso de hech

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