SIN INFORMACION

SALGADO ORELLANA FABIAN/GENDAMERIA DE CHILE - COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL

Rol

Fecha

22 de julio de 2021

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Fabián Alejandro Salgado Orellana, quien interpone acción constitucional de amparo en contra de Gendarmería de Chile por el acto que estima ilegal y arbitrario, consistente en no haber sido seleccionado para el beneficio de la libertad condicional, pese a cumplir con todos los requisitos exigidos al efecto, vulnerando con ello su libertad personal, por lo que pide a esta Corte le otorgue inmediatamente la libertad condicional impetrada. Segundo: Que informó la Unidad de Estadísticas del Centro de Cumplimiento Penitenciario Colina I de Gendarmería de Chile, dando cuenta que el amparado fue presentado al proceso de libertad condicional del primer semestre del año en curso, porque cumplía con los requisitos de tiempo mínimo y su conducta, no obstante, dicho beneficio fue rechazado por la Comisión de Libertad Condicional de esta Corte. Tercero: Que, a su turno, también evacuó informe la Comisión de Libertad Condicional, a través de la señora María Loreto Gutiérrez Alvear, Ministra y Presidenta de la Comisión de Libertad Condicional, dio cuenta a esta Corte que el amparado fue postulado por el Tribunal del Conducta del Centro de Cumplimiento Penitenciario Colina I, y por unanimidad se rechazó la concesión del beneficio de que se trata, pues si bien cumple con los requisitos que establecen los números 1 y 2 del artículo 2 del Decreto Ley N°321, al revisar la documentación acompañada a su respecto, pudo comprobarse la existencia de factores de riesgo de reincidencia que desaconsejaron, por ahora, otorgarle la prerrogativa solicitada. Explica que, en efecto, entre los documentos se identifican en su evaluación elementos de riesgo en áreas de educación y empleo, familia y pareja, uso del tiempo libre, pares, actitud y orientación pro criminal y patrón antisocial, con una deficiente resolución de conflictos y habilidades de autocontrol, intimidante y controlador, quien tiende a minimizar aspectos de su vida los cuales traen c

Fundamentos

fundamentos que justifican la negativa de conceder al amparado el beneficio que reclama. En efecto, se ha sustentado en la circunstancia de que los aspectos psicosociales antes aludidos demuestran, por ahora, escasas posibilidades del postulante para reinsertarse adecuadamente en la sociedad, lo que impidió a la Comisión tener por probado que haya evidenciado avances en su proceso de reinserción, como lo exige el Decreto Ley N° 321. Octavo: Que, de lo consignado en el motivo anterior, a la luz del análisis de los antecedentes tenidos a la vista, puede concluirse que la Comisión, actuando en el ámbito de sus atribuciones, denegó la concesión de la libertad condicional impetrada por el condenado, contando dicha decisión con la debida fundamentación, la que se apoyó en los antecedentes proporcionados por Gendarmería de Chile y a su inteligencia dentro de la esfera de las competencias que le son propias, lo que le permitió concluir que el amparado Fabian Alejandro Salgado Orellana no era merecedor de esta prerrogativa. En concepto de esta Corte, la Comisión no ha excedido el ámbito de las facultades que importan formarse convicción sobre el buen pronóstico del comportamiento futuro del solicitante en el medio libre, la que en este caso no alcanzó, por las razones que señala, y por lo mismo, no puede estimarse que en la adopción de esta determinación haya incurrido en alguna ilegalidad.

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo establecido en el artículo 21 de la Constitución Política y el Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Amparo, se rechaza, sin costas, el recurso de amparo constitucional deducido por Fabián Alejandro Salgado Orellana. Regístrese, comuníquese y archívese. N°Amparo-2.025-2021.- Pronunciada por la Novena Sala, integrada por los Ministros señor Miguel Eduardo Vazquez Plaza, señora Dobra Lusic Nadal y el Abogado Integrante señora Paola Herrera Fuenzalida. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, veintidós de julio de dos mil veintiuno, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veintidós de julio de dos mil veintiuno. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Fabián Alejandro Salgado Orellana, quien interpone acción constitucional de amparo en contra de Gendarmería de Chile por el acto que estima ilegal y arbitrario, consistente en no haber sido seleccionado para el beneficio de la libertad condicional, pese a cumplir con todos los req

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