SINEP S.A. / FIMER CHILE SPA
Rol
Fecha
22 de julio de 2021
Materia
FACTURA, NOTIFICACIÓN DE
Resultado
REVOCADA
Hechos
Visto: Visto y teniendo únicamente presente: Que tratándose en la especie de un juicio ejecutivo, que se encuentra regulado en forma especial en el Libro Tercero del Código de Procedimiento Civil, y que de conformidad a lo dispuesto en el artículo 443 del citado cuerpo legal, lo que procede es despachar mandamiento de ejecución y embargo sobre los bienes del deudor, lo que excluye la aplicación de las medidas cautelares contempladas en los artículo 290 y siguientes del Código citado, que se encuentran reguladas para el juicio ordinario, y de conformidad con lo previsto en el artículo 186 del Código de Procedimiento Civil, se revoca la resolución apelada de ocho de abril de dos mil veintiuno, escrita en folio N°503, dictada por el Primer Juzgado de Letras de San Felipe, y en su lugar se declara que se acoge la solicitud del tercero Enel Green Power del Sur Spa, y se ordena alzar la medida precautoria decretada con fecha 5 de mayo de 2017, respecto de las boletas de garantía bancaria N°460011543793 y N° FID 29183. Comuníquese y devuélvase. N°Civil-529-2021.
Fallo
se declara que se acoge la solicitud del tercero Enel Green Power del Sur Spa, y se ordena alzar la medida precautoria decretada con fecha 5 de mayo de 2017, respecto de las boletas de garantía bancaria N°460011543793 y N° FID 29183. Comuníquese y devuélvase. N°Civil-529-2021.
Texto Completo (Preview)
edp C.A. de Valparaíso Valparaíso, veintidós de julio de dos mil veintiuno. Visto: Visto y teniendo únicamente presente: Que tratándose en la especie de un juicio ejecutivo, que se encuentra regulado en forma especial en el Libro Tercero del Código de Procedimiento Civil, y que de conformidad a lo dispuesto en el artículo 443 del citado cuerpo legal, lo que procede es despachar mandamiento de eje
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