SIN INFORMACION

AMPARADOS: ESTEFANY COROMOTO BEUSES MORALES Y MATHIAS ALFREDO SIMANCAS BEUSES/RECURRIDO: DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS CONSULARES, INMIGRACIÓN Y DE CHILENOS EN EL EXTERIOR DEL MIN. DE REL. EXTERIORES

Rol

Fecha

21 de julio de 2021

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Visto y teniendo presente: Primero: Comparece el abogado Juan Bascuñán Lizana, en representación de don Eduardo Fernández Rincón y en favor de Estefany Coromoto Beuses Morales y Mathias Alfredo Simancas Beuses, todos de nacionalidad venezolana, y deduce acción constitucional de amparo en contra del Ministerio de Relaciones Exteriores, representado por don Andrés Allamand Zavala. Señala que el recurrente reside en Chile hace 1 año y 9 meses, trabajando como médico en el Centro de Salud Familiar San Vicente de la comuna de Talcahuano, y que se encuentra físicamente separado de su cónyuge Estefany Beuses y del hijo de ésta Mathias Simancas, de 8 años de edad, quienes se quedaron en Venezuela. Explica que el día 23 de septiembre de 2019 doña Estefany Beuses inició los trámites migratorios para viajar Chile, siendo citada para concurrir al consulado entre el día 15 y 17 de febrero de 2021 y su hijo entre el 19 y el 21 del mismo mes y año; citas que fueron suspendidas mediante un correo masivo enviado el 4 de mayo de 2020, y posteriormente, el día 11 de noviembre de 2020, el consulado chileno canceló las solicitudes de visa de responsabilidad democrática, perjudicando a una familia que no ha podido reunirse. Agrega que esta situación obligó a doña Estefany Beuses a presentar una nueva solicitud de visa el 17 de diciembre de 2020, la que continúa sin tramitación. Citando diversa normativa y jurisprudencia relacionada con el asunto planteado, solicita que le ordene a la recurrida continuar con el trámite de visa de responsabilidad democrática solicitadas por los amparados, debiendo en consecuencia citarlos a entrevista en el Consulado de Chile en Venezuela, para el día y hora a fijarse, a fin de que puedan culminar su proceso de visado y viajar a Chile, todo esto dentro del más breve plazo que esta Corte estime apropiado, para resguardar y restablecer el imperio del derecho. Segundo: Que el abogado Francisco Alarcón Calderón, en representación del Departamento de Extran

Fundamentos

motivos por los que este Tribunal adoptará las medidas necesarias para reparar la afectación de los derechos vulnerados”. (Sentencia 7 de mayo de 2021, Rol N° 31.673. En igual sentido, sentencia de 26 de abril último, Rol N° 28.952 -2021)

Fallo

Por estas consideraciones, normas legales citadas y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República: SE ACOGE, sin costas, el recurso de amparo interpuesto por el abogado Juan Bascuñán Lizana en favor de doña Estefany Coromoto Beuses Morales y de su hijo menor de edad Mathias Alfredo Simancas Beuses, en contra del Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile y en consecuencia, se deja sin efecto la resolución contenida en el correo electrónico de 11 de noviembre de 2020, que rechazó sus solicitudes de Visa de Responsabilidad Democrática, y se ordena que el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile, continúe con la tramitación de dichas solicitudes, citando a la amparada por sí y en representación de su hijo, a la entrevista de rigor dentro de un plazo que no podrá exceder de 30 días corridos, debiendo además, resolver dentro de plazo legal, comunicándole oportunamente lo decidido. Regístrese, comuníquese y oportunamente archívese. Redactó la ministra Nancy Bluck Bahamondes. Se deja constancia que no firma la Ministra señora Valentina Salvo Oviedo, no obstante haber concurrido a la vista de la causa y al acuerdo, por encontrarse haciendo uso de permiso. Rol N° 292 -2021

Texto Completo (Preview)

ari C.A. de Concepción. Concepción, veintiuno de julio de dos mil veintiuno. Visto y teniendo presente: Primero: Comparece el abogado Juan Bascuñán Lizana, en representación de don Eduardo Fernández Rincón y en favor de Estefany Coromoto Beuses Morales y Mathias Alfredo Simancas Beuses, todos de nacionalidad venezolana, y deduce acción constitucional de amparo en contra del Ministerio de Relacion

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