JUZGADO DE LETRAS DE CASABLANCA

VERA / SANTANA

Rol

Fecha

21 de julio de 2021

Materia

ARBITRO Y DERIVADOS, DESIGNACION DE

Resultado

REVOCADA

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Hechos

VISTO: Atendido que en la especie sí concurren los requisitos contemplados en el artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 186 del Código de Procedimiento Civil, se revoca la resolución apelada de veinticuatro de febrero de dos mil veintiuno dictada por el Juzgado de Letras de Casablanca en autos Rol C-2521-2018, y en su lugar se ordena que la presente demanda sea notificada por avisos publicados en un Diario de la comuna de Quintero, o de la capital de la Provincia o capital de la Región, si allí no lo hubiese, además de publicación que debe efectuarse en el Diario Oficial, según extracto que será redactado oportunamente por el Secretario del tribunal a quo. Acordada con el voto en contra de la Sra. Donoso, quien estuvo por confirmar la resolución en alzada, por estimar que la demandante no ha realizado las gestiones suficientes, tendientes a ubicar y notificar a los demandados en esta causa, por lo que procede tramitar los oficios decretados en la resolución impugnada. Devuélvase. N°Civil-321-2021.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valparaíso djc Valparaíso, veintiuno de julio de dos mil veintiuno. VISTO: Atendido que en la especie sí concurren los requisitos contemplados en el artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 186 del Código de Procedimiento Civil, se revoca la resolución apelada de veinticuatro de febrero de dos mil veintiuno dictada por el Juzgado de Letras

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